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Comentarios (9)

Manuel Rodríguez | 23.07.2025
Sea Ley la devolución histórica de inmediato!!!!!!
Dina Imaña | 23.07.2025
Encuentro insólito que nosotros los consumidores debemos pagar las indemnizaciones qué deben realizar estas empresas a los usuarios por corte de energía eléctrica. Siempre quienes legislan lo hacen a favor de las empresas y no del usuario. Por supuesto que no estoy de acuerdo con esto. Felicitaciones a Ciper.
Rocio | 22.07.2025
Es posible solicitar u obtener las ganancias que han tenido las empresas de luz desde que esta en manos de extranjeros? O de al menos 4 años?
Jose osses | 22.07.2025
Otra sinverguenzura tal como las afp ,el usuario paga las perdidas
Sergio | 22.07.2025
Ante el reportaje publicado por el medio CIPER el día de ayer, la Comisión Nacional de Energía (CNE) considera necesario realizar las siguientes precisiones: 1. Las tarifas eléctricas no incluyen ningún cargo destinado a financiar compensaciones que las empresas distribuidoras deben pagar a los consumidores por incumplimientos en la calidad de servicio. Tampoco existe un fondo destinado a financiar compensaciones futuras que las empresas deben pagar a los consumidores. 2. La información entregada a CIPER corresponde a la estimación de un parámetro técnico utilizado en el diseño de la empresa modelo teórica que sirve de base para determinar las tarifas de distribución. Es incorrecto interpretar que algún criterio técnico utilizado para definir costos eficientes de la empresa modelo tenga vinculación directa con los costos reales de las distribuidoras o con las compensaciones efectivamente pagadas a los usuarios. 3. La metodología para definir las tarifas de distribución fue ampliamente discutida con las empresas distribuidoras en el proceso tarifario 2020-2024 e incluso fue objeto de múltiples discrepancias que fueron resueltas por el Panel de Expertos. 4. La solución técnica adoptada por la Comisión Nacional de Energía (CNE), y ratificada en Panel de Expertos, permitió evitar un alza muy significativa de las tarifas eléctricas promovida por algunas empresas. 5. De haber acogido la alternativa planteada por estas empresas, los clientes podrían haber sufrido un alza real de hasta un 37% adicional en sus tarifas de distribución, cifra que, al considerar la inflación acumulada desde 2020, podría haber llegado a cerca de un 80%. 6. En resumen, el criterio técnico adoptado por la CNE evitó que los clientes o consumidores pagaran sobrerentas por aproximadamente US$1.000 millones adicionales a las empresas eléctricas, montos que habrían debido sumarse a las reliquidaciones pendientes por inflación acumulada.
Maria Gazitua | 22.07.2025
Felicitar a Ciper, nos revela con precisión todos los abusos con los simples ciudadanos establecidos por los legisladores y otros que se hacen ricos o aumentan su riqueza a todo evento. Se siente impotencia, no tenemos protección de verdad.
juan vilches núñez | 22.07.2025 | Socio/a 1 año y 10 meses
Felicitaciones CIPER. Excelente
juan | 22.07.2025 | Socio/a 1 año y 10 meses
¡¡ Excelente reportaje. Aplausos para CIPER
Massiel | 22.07.2025
Deberían escribir $100000 & $522 pues así se puede visualuzar mejor, por lo demas las empresas, son empresas para ganar y todo se transforma en costo, por lo tanto lo paga el que compra. Es como el redondeo en el vuelto, siempre es a favor del que vende etc...
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