Un crédito a las empresas que desunifica y confunde
08.05.2026
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08.05.2026
Señor Director:
El 13 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.808 que crea un Sistema de Subsidio Unificado al Empleo (SUE). Los beneficiarios potenciales son empresas y trabajadores que comiencen nuevas relaciones laborales desde septiembre de 2026, pudiendo recibir hasta un 25% y un 10% del ingreso mínimo mensual, respectivamente, por hasta 15 meses. El beneficio se genera por trabajadores con rentas que no superen los 2,25 ingresos mínimos mensuales (~17 UTM) y que pertenezcan a algunos de los cuatro grupos prioritarios definidos: mujeres, jóvenes, personas con discapacidad y personas mayores de 55 años.
El subsidio fue diseñado para ser flexible ante cambios en la coyuntura y para no irrigar gastos fiscales extras, por lo que unificó subsidios ya existentes que habían sido mal evaluados, como el SEJ (Subsidio al Empleo Joven) y el BTM (Bono al Trabajo de la Mujer). También se buscó racionalizar el gasto, para que cada peso invertido se tradujera en nuevos empleos, evitando que el mecanismo de subsidio se extendiera indefinidamente y que fuese una simple rebaja de los costos laborales de las empresas con cargo al gasto social. Por último, entre sus principios se encuentra el “acceso directo y simplificado” a través de un canal digital único. Este diseño fue valorado enormemente por los parlamentarios, por lo que fue aprobado de forma unánime, así como apoyado por un gran número de organizaciones de la sociedad civil preocupadas por la empleabilidad.
La pretensión de unificación y simplicidad del SUE se ve tensada por el Crédito Tributario de Protección al Empleo recientemente presentado por el Gobierno en su proyecto de ley de Reconstrucción Nacional. En particular, el proyecto estableció la incompatibilidad de este crédito con el SUE, poniendo al empleador en una aparente disyuntiva sobre cuál instrumento utilizar. Decimos “aparente” ante la falta de certeza de que este crédito sea de uso obligatorio, lo que sería lamentable dado que para algunas empresas el SUE podría resultar más atractivo. El proyecto también contiene otros grises sobre los cuales el Parlamento debería solicitar aclaración explícita: ¿la elección de uno u otro mecanismo de subsidio es a nivel de empresa o a nivel de trabajador?, ¿en qué situación quedan los trabajadores que solicitaron el SUE pero cuyo empleador está adherido al crédito?
Modernizar el Estado pasa por desduplicar programas, simplificar procedimientos y resolver problemáticas sociales, como el desempleo y la informalidad. El Crédito Tributario del Ejecutivo está lejos de resolver estos problemas racionalizando el gasto: es la medida con mayor impacto fiscal del proyecto de Reconstrucción (0,19% del PIB el primer año) y es siete veces más caro que el SUE. Este último tiene por principal objetivo promover la contratación formal, mientras que el Crédito Tributario subsidia la planilla actual de trabajadores, priorizando la retención laboral por sobre la contratación. Esperamos que la discusión democrática despeje la zona y podamos hacer converger y fortalecer la política de empleo sin desfinanciar las arcas fiscales.