Modificación OGUC: efectos inmediatos sobre la planificación urbana
07.05.2026
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07.05.2026
Señor Director:
En las próximas semanas se proyecta la entrada en vigencia de modificaciones a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), las cuales, según lo informado públicamente, inciden en variables estructurales del desarrollo urbano, tales como densidad, constructibilidad y exigencias normativas.
El punto central de preocupación no es la finalidad —abordar el déficit habitacional—, sino el mecanismo. La Ley General de Urbanismo y Construcciones establece que las condiciones urbanísticas del territorio deben ser definidas mediante instrumentos de planificación territorial, como los Planes Reguladores Comunales (PRC), los cuales se elaboran a través de procesos técnicos y participativos.
Sin embargo, las modificaciones a la OGUC podrían generar, en la práctica, un aumento de la densidad efectiva y de la constructibilidad sin necesidad de modificar formalmente dichos instrumentos. Esto implica que proyectos inmobiliarios podrían intensificar significativamente el uso del suelo bajo un marco normativo distinto al considerado en los PRC vigentes, alterando su resultado sin pasar por los procedimientos que la propia ley establece.
En términos jurídicos, se plantea una tensión relevante respecto de los límites de la potestad reglamentaria, en relación con los artículos 6° y 7° de la Constitución, en la medida en que un reglamento podría estar produciendo efectos equivalentes a una alteración sustantiva de la planificación territorial definida por ley.
A ello se suma que el proceso de consulta pública asociado a estas modificaciones fue acotado en el tiempo, con limitada difusión y reportes de problemas en su implementación, lo que resulta discutible a la luz de los principios de participación y transparencia establecidos en la Ley 19.880.
Diversos actores técnicos han advertido los riesgos de estas modificaciones. El Colegio de Arquitectos de Chile, en sus observaciones formales al proceso, señala que estos cambios inciden en variables estructurales del desarrollo urbano y plantea la necesidad de resguardar la coherencia del sistema de planificación territorial y el interés público.
El aspecto más crítico es la oportunidad. De entrar en vigencia a fines de junio, existe un riesgo concreto de que comiencen a ingresarse proyectos bajo estas nuevas condiciones en el corto plazo, generando efectos urbanos y jurídicos de difícil reversión, antes de que exista un debate amplio o una evaluación suficiente de sus implicancias.
Dado lo anterior, parece razonable abrir una discusión más amplia, con participación efectiva de municipios, expertos y comunidades, antes de la implementación de cambios de esta magnitud, resguardando así la coherencia del sistema normativo y la legitimidad de las decisiones urbanas.