Ley Lafkenche y el teatro del absurdo: cuatro ECMPO rechazados en Los Lagos
31.08.2026
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31.08.2026
La autora de esta columna sostiene que el rechazo a las cuatro solicitudes de ECMPO en la sesión de la CRUBC de Los Lagos revela una institucionalidad que exige unanimidad en lugar de compatibilidad. A partir del caso de Yaldad y de datos que muestran la amplia coexistencia entre concesiones salmoneras y ECMPO, cuestiona la idea de que la Ley Lafkenche paraliza la salmonicultura. Concluye que “Un ECMPO no es un proyecto de inversión sometido a evaluación de rentabilidad social, sino un instrumento creado para reconocer y resguardar los usos consuetudinarios de los pueblos originarios”.
Imagen de portada: gentileza Observatorio Ciudadano
“Me da la impresión de que estoy en el teatro del absurdo, pero voy a aprobar”. Con esas palabras, el alcalde de Quellón votó a favor de la solicitud del Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios (ECMPO) de Yaldad durante la sesión de la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC) de Los Lagos del 25 de agosto. Yaldad (Quellón) fue finalmente rechazada, al igual que las otras tres solicitudes sometidas a votación: Puluqui–Tabón (Calbuco), Isla Tranqui (Queilen) y Nercón (Castro).
La frase podría parecer una anécdota dentro de una sesión que duró casi cuatro horas. Pero, a la luz de lo ocurrido, resulta difícil encontrar una descripción más precisa.
Hay algo de absurdo en una institucionalidad que no acoge las recomendaciones de su Secretaría Técnica cuando favorecen la aprobación de un ECMPO, pero las invoca como fundamento cuando aconsejan rechazarlo.
Hay algo de absurdo en que una función central de la CRUBC –compatibilizar los distintos usos del borde costero– comience a transformarse en una exigencia de consenso entendido como unanimidad.
Hay algo de absurdo en atribuir a los ECMPO la incertidumbre jurídica que el propio Estado genera al tardar siete, ocho o hasta diez años en resolver las solicitudes.
Y hay algo de absurdo en seguir afirmando que la Ley Lafkenche paraliza la salmonicultura cuando los datos muestran que los ECMPO y esta industria conviven ampliamente en el maritorio.
El caso de Yaldad plantea una cuestión todavía más preocupante.
En el borde costero conviven múltiples actividades, derechos e intereses. Precisamente por eso, una función central de la CRUBC es compatibilizar los distintos usos. Compatibilizar, sin embargo, no es lo mismo que exigir consenso.
En Yaldad conviven usos consuetudinarios indígenas, pesca artesanal, mitilicultura, acuicultura e infraestructura portuaria. La propia Secretaría Técnica reconoció, además, años de trabajo territorial y acuerdos con organizaciones de pesca artesanal, mitilicultores, una planta de proceso y otras comunidades indígenas.
Persistía la oposición de algunas organizaciones de pesca artesanal. Pero la existencia de discrepancias no significa, por sí misma, que los usos sean incompatibles. La pregunta debería ser bajo qué condiciones pueden coexistir, no si ha desaparecido toda oposición.
El propio territorio muestra que tampoco existen dos mundos separados —comunidades indígenas por un lado y pescadores artesanales por otro—. Elías Colivoro, werken de la comunidad de Cocauque, una de las tres comunidades solicitantes, lo explicó con pocas palabras: “Soy mitilicultor, tengo el registro pesquero artesanal, opero dentro del estero, pertenezco a una comunidad”. Son identidades, actividades y usos que se entrecruzan en un mismo maritorio.
Hay otra pregunta inevitable. La compatibilidad no puede ser una exigencia de una sola vía. En la misma sesión en la que se rechazaron las cuatro solicitudes de ECMPO, la CRUBC aprobó cinco concesiones marítimas. En la práctica, a los ECMPO se les exige demostrar que pueden coexistir con las actividades productivas. ¿Se examina con el mismo rigor, al aprobar concesiones productivas, su compatibilidad con los usos consuetudinarios y los derechos de los pueblos originarios?
Si la persistencia de alguna oposición basta para impedir la aprobación de un ECMPO, el consenso termina reemplazando a la compatibilidad.
También persiste la afirmación de que los ECMPO estarían paralizando la salmonicultura. Sin embargo, en un estudio reciente analizamos las 1.323 concesiones salmoneras otorgadas en Los Lagos, Aysén y Magallanes. De ellas, 760 —el 57%— se superponen territorialmente con ECMPO otorgados o en tramitación. Es decir, conviven en el mismo maritorio.
¿Cuántas de esas concesiones ya otorgadas están paralizadas por la Ley Lafkenche? Ninguna.
La ley protege los derechos previamente constituidos. Nuestro estudio identificó 55 solicitudes de concesiones potencialmente sujetas al efecto suspensivo de la Ley Lafkenche, frente a las 1.323 concesiones ya otorgadas. Al mismo tiempo, alrededor del 27% de las concesiones otorgadas permanecieron inactivas entre 2012 y 2022, mientras la producción salmonera siguió creciendo y alcanzó máximos históricos después de la entrada en vigencia de la Ley Lafkenche.
Sobreposición no es afectación, del mismo modo que compatibilización no es unanimidad.
Yaldad fue solicitado en 2017. Las comunidades acreditaron ante CONADI sus usos consuetudinarios, llevan años dialogando y construyendo acuerdos con otros usuarios del estero, y la propia Secretaría Técnica reconoció ese trabajo y la existencia de mecanismos para compatibilizar actividades. El alcalde de Quellón consideró que estaban dadas las condiciones para aprobar.
Aun así, fue rechazado.
Después de la sesión, el propio Gobierno Regional entregó una explicación que revela un problema más de fondo. El gobernador sostuvo que Yaldad no tendría viabilidad como proyecto al considerar que no generaría “rentabilidad social” ni beneficiaría al conjunto del sector costero.
El GORE parece estar describiendo los ECMPO desde una lógica distinta de aquella para la cual fueron creados. Un ECMPO no es un proyecto de inversión sometido a evaluación de rentabilidad social, sino un instrumento creado para reconocer y resguardar los usos consuetudinarios de los pueblos originarios.
Entonces la pregunta resulta inevitable: si acreditar los usos no basta, dialogar durante años no basta y alcanzar acuerdos para compatibilizar actividades tampoco basta, ¿qué tiene que hacer una comunidad indígena para que la CRUBC apruebe un ECMPO?
Tras la sesión, el gobernador regional Alejandro Santana lo dijo sin ambigüedades: «No se puede seguir manteniendo la condición de que estas votaciones sean a favor o en contra de alguien. Aquí lo que tiene que prevalecer es la política de largo plazo (…) es importante hacer una modificación a la Ley Lafkenche». Una eventual modificación de la ley no puede transformarse en una nueva condición para aprobar los ECMPO que hoy se tramitan bajo una ley plenamente vigente. Hacerlo ignora años de tramitación y convierte el ejercicio de un derecho ya reconocido por ley en una condición sujeta a una reforma que todavía no existe.
Quizás el alcalde de Quellón tenía razón cuando dijo sentirse en “el teatro del absurdo”. No porque el Teatro del Absurdo carezca de sentido, sino porque su potencia está precisamente en revelar las contradicciones de estructuras aparentemente racionales que terminan conduciendo a situaciones sin salida.
Las consecuencias son graves: se profundizan los conflictos entre quienes comparten un mismo maritorio y se debilita uno de los pocos instrumentos creados en Chile específicamente para reconocer y proteger los usos consuetudinarios de los pueblos originarios sobre el mar.