¿Por qué los cuidados deberían ser parte de la protección social?
15.02.2026
Hoy nuestra principal fuente de financiamiento son nuestros socios. ¡ÚNETE a la Comunidad +CIPER!
15.02.2026
La autora de esta columna analiza las ventajas de la ley que crea el Sistema Nacional de Cuidados. Sostiene que «con la tramitación de este proyecto de ley, Chile está comenzando a avanzar en esta línea que algunos vemos con esperanza, y que esperamos que en el siguiente gobierno esto siga siendo fomentado».
Crédito imagen de portada: Víctor Huenante/ Agencia Uno
Desde las ciencias sociales, el estudio de los cuidados ha sido extendido y ya lleva varios años avanzando. En esta literatura sobre cuidados existe un gran acuerdo: los cuidados tienen, y más aún, deben ser considerados parte de la protección social. Como muy bien lo han dicho María Nieves Rico y Claudia Robles:
“El cuidado es un bien público esencial para el funcionamiento de las sociedades, un derecho fundamental y una necesidad en diversos momentos del ciclo de vida. En América Latina, la forma en que es provisto origina desigualdades profundas. Estas se expresan en una organización social que asigna a las mujeres el trabajo de cuidado remunerado y no remunerado, con frecuencia, a expensas de su bienestar, oportunidades laborales y protección social, bajo la ausencia de respuestas públicas suficientes y adecuadas para quienes requieren de cuidado y sus cuidadoras, y una oferta de mercado sumamente segmentada”.
Recientemente la Corte Interamericana de Derechos Humanos en San José, Costa Rica, ha publicado el reconocimiento de la existencia de un derecho humano autónomo al cuidado. En este escrito se identifica entonces que el cuidado debe “comprende el derecho de toda persona a contar con el tiempo, espacios y recursos necesarios para brindar, recibir o procurarse condiciones que aseguren el bienestar integral suyo o de otros y les permitan desarrollar libremente sus proyectos de vida, de acuerdo con sus capacidades y etapa vital. Sostuvo que este derecho encuentra su fundamento y alcances en el principio de corresponsabilidad social y familiar, en el principio de solidaridad, y en el principio de igualdad y no discriminación. Además, estableció que el derecho al cuidado tiene tres dimensiones básicas: ser cuidado, cuidar y el autocuidado”.
Ideas que, como identificarán, se encuentran en parte retratadas en los contenidos de la ley que despachó el congreso.
Otros países ya nos llevan la delantera en este tema. España ha aplicado una diversidad de proyectos en promoción de ecosistemas locales de cuidados, como la diseñada en Gipuzkoa, País Vasco, llamada Zaintza Herrilab que busca mejorar la atención a personas mayores dependientes que residen en sus hogares, con un foco especial en la participación comunitaria. En Reino Unido es usual ver programas sociales (y su promoción a lo largo del país) que se centran en apoyar el cuidado de personas en situaciones más difíciles, como personas mayores, con discapacidad, y niños/as y adolescentes.
En Sudamérica también tenemos ejemplos a seguir, y que valen la pena considerar para evaluar cómo proyectar esta legislación en términos prácticos a futuro. De hecho, Uruguay lleva la delantera en tanto el 2015 fue el primer país en Latinoamérica en aprobar la implementación del Sistema Nacional de Cuidados, en donde se propone un modelo de responsabilidad compartida entre las familias, el Estado y la sociedad para personas en dependencia a través de la existencia de distintos servicios sociales. Establece así el cuidado como un derecho social y no solo como una responsabilidad privada.
Acorde con la literatura y los avances internacionales, podemos hablar de la indiscutible relevancia que tiene la incorporación de los cuidados como uno de los pilares fundamentales de la protección social de cualquier sociedad. El mes pasado el proyecto de ley reconoce el derecho al cuidado fue despachado por el Congreso. Más específicamente el proyecto reconoce, entre otros aspectos, el derecho a recibir cuidados, a cuidar y al autocuidado de todas las personas sin distinción. Además de ello, crea el Sistema Nacional de Apoyo y Cuidados. Así, con la tramitación de este proyecto de ley, Chile está comenzando a avanzar en esta línea que algunos vemos con esperanza, y que esperamos que en el siguiente gobierno esto siga siendo fomentado. Las especificidades sobre cómo realizar la incorporación de los cuidados es otra conversación más extensa; y posiblemente, para tratar en más de una columna.