La Corte Suprema y el control de la probidad de los jueces: la urgencia de sancionar con severidad la corrupción en la era de la “juridificación”
17.09.2025
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17.09.2025
El autor de esta columna escrita para CIPER comenta que «se advierte que la venalidad ha alcanzado en Chile a algunos integrantes de los más altos tribunales», a propósito de los casos de las remociones de Ángela Vivanco y Verónica Sabaj, más la apertura del cuaderno de remoción a Antonio Ulloa. Sostiene que los ministros de la Corte Suprema «deben aplicar las normas disciplinarias que la Constitución y las leyes contemplan con el mayor celo, entendiendo que el aparecer como complacientes con los (aún escasos) jueces que faltan a las normas propias de la ética judicial, seguirá alimentando la noción de que ‘toda’ la judicatura se encuentra capturada por intereses políticos, ideológicos o económicos».
Créditos imagen de portada: Víctor Huenuante / Agencia Uno
Los últimos tiempos han sido difíciles para el Poder Judicial. Luego de que –en el año 2024—la Corte Suprema removiera a una de sus integrantes por groseras faltas a la ética judicial (lo que llevó al entonces Ministro de Justicia, Luis Cordero, a señalar que “probablemente Chile está viviendo la crisis de su sistema de justicia más importante desde el retorno a la democracia”), hace unas semanas removió “por mal comportamiento” a una ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, al tiempo que se encuentra analizando si la conducta de un segundo integrante de este último tribunal amerita, también, su remoción (ver artículo de CIPER del fallo de la Suprema en el caso del juez Antonio Ulloa).
Cuando se recuerda que, en el caso de la ministra removida el año pasado, el motivo que llevó al máximo tribunal a tan drástica medida fue que la anterior ofreció a un asesor del gobierno anterior (Luis Hermosilla) intentar integrar la sala en que se vería un asunto relevante para dicha administración (presumiblemente para fallar de acuerdo a los intereses de la misma), entre otras faltas a los más básicos principios de independencia e imparcialidad judicial y que, en el caso de la jueza de la Corte de Apelaciones recién removida, fue por haber asesorado al mismo operador respecto de la “sensibilidad” política de diferentes jueces a quienes el gobierno de Sebastián Piñera debía elegir para ser promovidos, se advierte que la venalidad ha alcanzado en Chile a algunos integrantes de los más altos tribunales.
Por supuesto, el hecho de que algunos jueces se hayan visto implicados en actos de esta naturaleza no implica que la inmensa mayoría de quienes administran justicia en Chile no sean probos y transparentes. Adicionalmente, tampoco es la primera vez que en la historia judicial del país se han producido escándalos que han llevado a la salida de integrantes de los tribunales superiores. Dicho esto, en una era en que, crecientemente, los más importantes asuntos de índole política y económica terminan siendo zanjados por la judicatura, el que existan “brotes” de corrupción al interior de la judicatura es motivo de preocupación, porque, considerando que los jueces son algo así como el “árbitro” final de controversias sociales, políticas y económicas, si existen dudas respecto de su imparcialidad, seguirán aumentando las instancias en las cuales quienes se ven perjudicados por decisiones de las cortes aleguen –con cierta plausibilidad— que han sido víctimas de una “guerra judicial” (o “lawfare”), como lo hacen constantemente populistas autoritarios como Donald Trump, Javier Milei, Cristina Fernández o Jair Bolsonaro (en el extranjero), o políticos acusados de actos de corrupción, como Daniel Jadue (en Chile).
En otras palabras, el hecho que la “juridificación” de la relaciones sociales (y su inevitable correlato, la “judicialización de la política”), se hayan instalado con fuerza en nuestro país en las últimas décadas, implican que la independencia, imparcialidad y probidad de los jueces sea más importante que nunca, puesto que aún los más aislados casos de corrupción judicial echarán un manto de duda respecto de si tal o cual caso fue decidido conforme a derecho, y no conforme a intereses políticos o económicos espurios.
En este contexto, quienes tienen a su cargo el velar por la integridad, independencia e imparcialidad de los jueces (en Chile, principalmente la Corte Suprema, en ejercicio de sus facultades “correccionales”) deben aplicar las normas disciplinarias que la Constitución y las leyes contemplan con el mayor celo, entendiendo que el aparecer como complacientes con los (aún escasos) jueces que faltan a las normas propias de la ética judicial, seguirá alimentando la noción de que “toda” la judicatura se encuentra capturada por intereses políticos, ideológicos o económicos, y que, por tanto, “toda” decisión judicial puede ser cuestionada por sesgada y no apegada a derecho.