PROYECTO DE LEY SERÁ VOTADO PRÓXIMAMENTE EN EL SENADO
Nueva ley de notarías cierra la puerta a la digitalización y crea nueva función por la que notarios podrían cobrar extra
02.06.2025
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PROYECTO DE LEY SERÁ VOTADO PRÓXIMAMENTE EN EL SENADO
02.06.2025
El proyecto de ley que modifica el sistema registral y notarial, despachado por la Cámara de Diputados al Senado en enero de 2020, permitía extender escrituras públicas “a través de documento electrónico” y con firma electrónica avanzada, una herramienta que podría abaratar costos para los usuarios. El Senado eliminó esta posibilidad durante el segundo trámite de la ley, la cual no fue discutida durante su tercera tramitación en Comisión Mixta. Además, se incorporó una nueva función para los notarios, la de remitir electrónicamente copias de títulos y constituciones de sociedad para su inscripción en el conservador, tarea que podría significar un cobro. Este año, CIPER publicó chats del notario Francisco Leiva de julio de 2020, en los cuales presiona a una notaria para que no participe en un seminario sobre escritura pública electrónica, ya que, a su juicio, estas abaratarían costos y, según argumentó, “los notarios no se van a necesitar” si se adoptan estos documentos digitales.
Créditos imagen de portada: Francisco Flores Seguel / Agencia Uno
El 3 de septiembre de 2018, el gobierno del expresidente Sebastián Piñera anunció un proyecto de ley “que mejorará y transparentará el sistema de notarios, conservadores y archiveros en Chile”. Una de las promesas era exigir “a los notarios, conservadores y archiveros contar con los medios tecnológicos que permitan la realización de trámites en línea y acceder a información respecto de los requisitos para realizarlos, es decir, modernizar el sistema”. Casi siete años después y luego de tres trámites legislativos, el proyecto de ley que modifica el sistema registral y notarial está listo para votarse en el Senado. Si bien propone una serie de modificaciones respecto del sistema anterior, el proyecto no cambia un aspecto esencial de los trámites notariales: las escrituras públicas deberán seguir realizándose en papel.
Distinto era lo que proponía el primer borrador del proyecto, redactado en la Cámara de Diputados y aprobado el 7 de enero de 2020, que indicaba en su artículo 405 que las escrituras públicas podían ser extendidas manuscritas, mecanografiadas “o a través de documento electrónico”; e incorporaba la utilización de la firma electrónica avanzada, una herramienta que podría suponer el abaratamiento de costos para los usuarios.
Aquella propuesta fue descartada durante el segundo trámite constitucional, siendo suprimida en su totalidad por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado. El proyecto volvió a la Cámara de Diputados a fines de 2024, donde se rechazaron algunas de las enmiendas realizadas por el Senado al proyecto de ley, dando paso a la creación de una Comisión Mixta para discutir las discrepancias.
Durante este tercer trámite no se discutió en ningún momento la emisión de escrituras públicas digitales mediante el uso de firma electrónica avanzada, resultando en un proyecto de ley que establece el papel como único soporte de estos documentos notariales. La iniciativa ya se encuentra en tabla en el Senado y podría votarse dentro de esta semana.
La implementación de escrituras públicas digitales supone un problema para el interés económico de una parte de la industria. En febrero de este año, CIPER reveló los chats de Francisco Leiva, titular de la Segunda Notaría de Santiago, con su par de la Décima Notaría de Santiago, Valeria Ronchera. En aquel intercambio, fechado en julio de 2020, Leiva solicita a Ronchera abstenerse de participar de un webinar titulado “Escritura Pública electrónica: ¿Qué nos falta?”, argumentando que esta tecnología impactaría económicamente a los notarios (vea ese artículo).
Leiva señaló a Ronchera que “lo único que va a alargar nuestra vida es atender a la Presencialidad, si no estamos fregados. Creo que con la firma electrónica avanzada que ahia (sic) se va a masificar muchísimo, de hecho con la biometría avanzada eso va a ser muy barato, y los notarios no se van a necesitar”. En otro mensaje agregó que “por conocimiento personal sé que quienes organizan el webinar es la eliminación de los notarios, no son necesarios, y creo que es verdad”. Por todo lo anterior, Leiva le indicó a Ronchera que sería un error que participara del webinar, afirmando después que “estamos en esto por lucro no por otra cosa por Valeria. Seamos claros. Nadie tiene vocación de notario”.
CIPER contactó a la Asociación de Notarios y Conservadores para conocer su parecer respecto a la eliminación de las escrituras públicas electrónicas entre el primer y segundo trámite constitucional, sin embargo, desde esa organización indicaron que no se manifestarán respecto al proyecto hasta que sea votado en el Senado.
El proyecto de ley incorpora una nueva función para los notarios, la de remitir copia electrónica de títulos de dominio y de registros de constitución, modificación o terminación de sociedades al conservador de bienes raíces correspondiente. En la actualidad, dicha tarea puede ser realizada por abogados y corredores de propiedades, entre otros, función que –salvo ciertas excepciones– ahora se traspasa a los notarios. Esto podría dar pie a nuevos cobros, quedando sujeto a la voluntad de la notaría que realice el trámite.
El artículo 401 Bis de la propuesta incluye en el numeral 12, la tarea de “remitir electrónicamente al conservador competente, para su inscripción, copia de los títulos traslaticios de dominio o la constitución o modificación de cualquier otro derecho real respecto de inmueble, así como la constitución, modificación o terminación de cualquier tipo de sociedad sujeta a registro”.
El nuevo articulado indica que esto será realizado “sin necesidad de intervención personal de los interesados”, salvo el caso en que estos se manifiesten en contra de que el notario realice la tarea o cuando estos “no cubran el costo de la inscripción al respectivo conservador”. Lo anterior implica que los clientes –o en su defecto su abogado, asesor inmobiliario u otro–, en caso de querer hacer llegar por su cuenta la documentación al conservador correspondiente, deberán manifestarse en contra de que lo haga el notario, de lo contrario podrían quedar sujetos a cobros extra.
CIPER también consultó a la Asociación de Notarios y Conservadores por la posibilidad de que la nueva función de remitir títulos y registros de sociedades al conservador pueda implicar un nuevo cobro por parte de las notarías, sin recibir respuesta a raíz de la decisión anteriormente mencionada de no emitir comentarios sobre la ley hasta que ésta haya sido votada.