El sobreseimiento de Jadue: la prescripción no es una absolución
01.08.2026
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01.08.2026
El autor de esta columna argumenta que la resolución judicial que benefició a Sergio Jadue no cierra el debate sobre su responsabilidad, sino que reabre la discusión sobre la eficacia de la persecución penal y las reformas pendientes en la institucionalidad del fútbol chileno.
El 28 de julio de 2026, el 13° Juzgado de Garantía de Santiago acogió la solicitud de sobreseimiento definitivo presentada por la defensa de Sergio Elías Jadue Jadue, expresidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), por prescripción de la acción penal en su contra. El tribunal declaró extinguidos los dos delitos de apropiación indebida y los dos delitos tributarios que se le imputaban desde 2016, en el marco de la investigación derivada del escándalo de corrupción conocido como FIFA Gate. La misma resolución benefició a su excolaborador Mauricio Etcheverry, quien hasta hoy sigue vinculado al fútbol profesional chileno como asesor de Universidad de Chile. El fallo no dice que Jadue sea inocente de los hechos que se le atribuyen: dice que transcurrió demasiado tiempo para juzgarlo en Chile. Esa distinción, entre prescripción y absolución, es incómoda, y es donde está el argumento de esta columna.
Los delitos imputados —apropiación indebida y declaración maliciosa de impuestos— fueron calificados por el tribunal como simples delitos, cuyo plazo de prescripción ordinario es de cinco años. Pero como Jadue reside en el extranjero desde noviembre de 2015, ese plazo se duplica conforme a la regla general del Código Penal para imputados ausentes del país. El último hecho considerado por la fiscalía ocurrió en abril de 2016; diez años después, en abril de 2026 se cumplió el plazo que la ley exige. La Fiscalía sostuvo una tesis distinta —que una regla de determinación de pena elevaba el cómputo del plazo—, pero la jueza no la acogió, en una causa que la propia justicia reconoció como voluminosa y compleja de revisar. Que la ley permita este desenlace no lo vuelve razonable: solo lo vuelve legal.
La causa chilena no era abstracta: tenía cifras concretas, construidas por el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el Ministerio Público a partir de una querella presentada el 1 de abril de 2016 y ampliada un año después.
Los $184 millones en pasajes son el detalle que mejor resume el problema de fondo: la ANFP —financiada, en último término, por los clubes, sus hinchas y la televisión que sostiene el fútbol formativo— pagó los vuelos y honorarios con los que Jadue armó su propia defensa penal. La institución que debía perseguirlo terminó costeando su litigio. Ese no es un matiz contable: es la prueba de que el problema nunca fue solo un dirigente, sino una estructura que no distinguía entre el interés del fútbol chileno y el interés personal de quien lo administraba.
La prescripción extingue la posibilidad de perseguir penalmente un hecho en Chile; no borra que el hecho haya ocurrido. Jadue ya se declaró culpable ante la justicia federal de Estados Unidos por recibir sobornos vinculados a la adjudicación de derechos de televisación de la Copa América, y cooperó con el FBI como testigo protegido dentro de la investigación del FIFA Gate. La FIFA, por su parte, lo inhabilitó de por vida para ejercer cualquier actividad ligada al fútbol a nivel nacional e internacional. Ninguno de esos hechos está en disputa: están admitidos por el propio Jadue o sancionados por un organismo distinto al tribunal chileno. Lo que se extinguió esta semana fue la vía penal chilena para juzgarlos, no la vía probatoria para acreditarlos. Conviene decirlo con todas sus letras: Chile no está discutiendo si Jadue robó y coimeó, sino si todavía puede llevarlo a juicio por ello.
Lo más grave del caso Jadue no es lo que él hizo entre 2010 y 2015, sino que buena parte del diseño institucional que lo hizo posible sigue intacto. La selección chilena quedó fuera del Mundial 2026 por tercer ciclo consecutivo, tras las ausencias en Rusia 2018 y Catar 2022, y esa caída deportiva no es un fenómeno aislado de la primera categoría: la propia prensa especializada la describe como una crisis transversal que atraviesa las divisiones inferiores y se plasma en la selección adulta. El movimiento No+ANFP ha planteado directamente que el problema excede a cualquier dirigente puntual: es el Consejo de Presidentes, con poder de veto sobre la selección adulta, las divisiones formativas e incluso el fútbol femenino, el que concentra decisiones sin contrapesos reales. Recién en marzo de 2026 se aprobó la separación entre la Federación de Fútbol de Chile y la ANFP, con un plazo de 18 meses para materializarla —una reforma que llega diez años después de que el escándalo de Jadue debiera haberla hecho urgente.
Esa continuidad tiene, además, nombre y apellido. Mauricio Etcheverry, brazo derecho de Jadue durante seis años en la ANFP y mencionado en la auditoría forense de Deloitte por $184 millones en gastos operativos sin respaldo documental, no desapareció del fútbol chileno cuando su jefe huyó a Estados Unidos: en 2022 fue contratado como asesor de Azul Azul bajo la presidencia de Michael Clark, y un reportaje de abril de 2026 lo sitúa todavía activo en ese rol, gestionando estadios y relaciones con la propia ANFP en representación del club. La contratación no pasó inadvertida: dejó al propio Clark en el centro de los reproches internos de Universidad de Chile, que cuestionó públicamente la conveniencia de vincular al club a una figura de la era Jadue. Y aun con esas críticas sobre la mesa, Etcheverry siguió en el cargo. No se trata de reabrir un caso judicial que nunca existió en su contra —él no fue formalizado por esos hechos—, sino de constatar algo más incómodo: la misma dirigencia que hoy administra a uno de los clubes más grandes del país decidió, con esos antecedentes conocidos, mantenerlo de todos modos.
Parte del problema, además, no es solo institucional: es cultural. Cada vez que resurge el nombre de Jadue, circula la misma lógica de sobremesa —que vuelva no más, que a mí no me robó nada—, como si el perjuicio fiscal y la apropiación indebida de fondos de la ANFP no fueran, precisamente, dinero de todos los que sostienen el fútbol chileno con sus entradas, sus suscripciones y sus impuestos. Esa forma de restarle gravedad al delito porque la víctima es una institución y no una persona con nombre y apellido es la misma lógica que permitió que la reclasificación contable de Codelco pareciera, durante meses, un tecnicismo antes que un fraude. Cuando la sociedad decide que un robo institucional no es un robo, no hay diseño de controles ni plazo de prescripción que compense esa indiferencia.
El SII anunció que estudiará apelar el sobreseimiento en la arista tributaria, argumentando que la persecución de delitos tributarios es central para el cumplimiento de las obligaciones ciudadanas. La Fiscalía de Alta Complejidad Oriente, a través del fiscal Marco Paredes, confirmó que revisará los fundamentos del fallo antes de decidir si recurre. El único recurso disponible contra este tipo de resolución es la apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, y ambos organismos tienen plazos acotados para presentarla una vez notificados. Que dos instituciones distintas —una tributaria, otra persecutora— coincidan en revisar el fallo dice algo sobre cuán forzada les resulta la salida por prescripción.
Si el sobreseimiento queda firme, se dejaría sin efecto la orden de detención con fines de extradición que pesa sobre Jadue desde enero de 2017, lo que le permitiría volver al país sin enfrentar la causa nacional. Eso no resuelve su situación en Estados Unidos, donde permanece a la espera de sentencia por el caso FIFA Gate, un proceso que depende exclusivamente de la soberanía de ese país y que la prescripción chilena no alcanza a tocar.
El caso Jadue no revela una falla puntual de la fiscalía chilena: revela que el diseño de la prescripción para delitos económicos con proyección internacional premia la distancia. Un imputado que puede sostener diez años de residencia en el extranjero —protegido, además, por su condición de testigo cooperante en otro país— convierte el paso del tiempo en su mejor defensa, sin necesidad de que un tribunal declare su inocencia. La regla que duplica el plazo de prescripción para quien está ausente del país buscaba corregir exactamente esto, y aun así no bastó: bastaron los años que separan la formalización de 2017 del sobreseimiento de 2026 para agotar el cómputo.
La pregunta que deja pendiente el fallo no es si Jadue cometió los hechos que se le imputaban en Chile —eso ya lo zanjó él mismo ante un tribunal distinto—, sino si el fútbol chileno está dispuesto a tratar su gestión como lo que fue: el origen de un patrón institucional que hoy se expresa en una selección sin Mundial, divisiones formativas sin resultados, una federación que recién en 2026 empieza a separar sus poderes y colaboradores de la era Jadue que siguen decidiendo en los clubes más grandes del país. Mientras esa pregunta no tenga respuesta estructural —y mientras siga pareciendo aceptable encogerse de hombros porque el perjuicio fue institucional y no personal—, la prescripción seguirá funcionando, en los hechos, como la absolución que ningún tribunal firmó.