“LO MÍNIMO ES QUE NO PUEDA TRABAJAR CON NIÑOS”, SEÑALÓ A CIPER LA ABUELA DEL MENOR FALLECIDO
Junji nombró como directora de jardín infantil a educadora que destruyó registro de lesiones de infante asesinado por su padrastro
08.07.2026
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“LO MÍNIMO ES QUE NO PUEDA TRABAJAR CON NIÑOS”, SEÑALÓ A CIPER LA ABUELA DEL MENOR FALLECIDO
08.07.2026
La Junji mantiene dentro de su personal a una educadora de párvulos a la que sancionó con tres meses de suspensión por destruir pruebas que alertaban sobre lesiones de un lactante del jardín infantil que dirigía quien, al día siguiente, fue víctima de violación y homicidio en 2022. La funcionaria no denunció las lesiones que tres educadoras habían observado en el niño, entre ellas moretones en el tórax, el hombro, la cabeza y el pie. Según el sumario de la Junji, tras enterarse del crimen, la directora ingresó al jardín a las 20:00 horas y destruyó el registro en que constaban estos antecedentes. Seis días después, esta funcionaria ordenó rehacer el documento eliminado, pero con cambios en su contenido original. La fiscal a cargo del sumario sostuvo que, aunque fue sancionada, la funcionaria no fue desvinculada porque cooperó con la investigación. En la actualidad, esta educadora dirige otro jardín infantil de la Región Metropolitana.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji) nombró como directora de un jardín infantil ubicado en la Región Metropolitana, a una educadora de párvulos que fue sumariada y sancionada por destruir evidencia documental en un caso de abuso sexual y homicidio contra un niño de casi dos años, fallecido en 2022 a manos de su padrastro.
Un día antes de su muerte, al menos tres educadoras habían detectado lesiones en el menor. Pero, la entonces directora subrogante del establecimiento –a quien CIPER, por razones de seguridad, no identificará con su nombre ni el lugar donde trabaja– no interpuso la denuncia correspondiente. Al día siguiente y después de enterarse del fallecimiento del niño, la funcionaria destruyó el cuaderno donde, 24 horas antes, se habían consignado las lesiones que tenía el menor.
Elizabeth, la abuela paterna del niño, en conversación con CIPER, señaló que espera que lo ocurrido con la directora y su nieto se haga público. La mujer de 48 años, es representada por la Fundación Amparo y Justicia –organización dedicada a prestar apoyo jurídico a quienes han perdido un familiar víctima de una agresión sexual con homicidio–, fue querellante en la causa por el asesinato de su nieto, y también interpuso un recurso en contra de la directora del jardín infantil, el que terminó en una salida alternativa: la funcionaria quedó con firma mensual por un año y debió pedir disculpas públicas. El reclamo de la abuela es que esta educadora de párvulos no debería volver a trabajar con menores de edad. “Lo mínimo es que una persona que no se hace cargo de sus niños, no pueda trabajar con ellos”, señala. Y agrega: “¿Quién garantiza que no va a volver a pasar? ¿Quién garantiza que a lo mejor en el pasado estas cosas hayan pasado más de una vez? No lo sabemos”.
Consultados por CIPER acerca de las medidas tomadas con la directora, la Junji señaló que los hechos derivaron en la instrucción de un sumario que estuvo destinado a esclarecer las circunstancias y responsabilidades administrativas del caso. “Dicho procedimiento se encuentra concluido y las medidas dispuestas en su resolución final fueron debidamente ejecutadas”, especificó la institución en un comunicado.
Según información disponible en la plataforma de Transparencia Activa de la Junji, la directora continúa en la institución como “encargada de jardines clásicos”. Y según una nota publicada en junio de este año por Junji en su sitio web institucional, ella tiene el cargo de directora titular de un jardín infantil.
CIPER preguntó a la Junji si antes de nombrarla en ese cargo, se le realizó algún tipo de capacitación, pero la institución no informó sobre aquello. En su lugar, el organismo explicó que en 2024 se actualizó el protocolo de actuación frente a la detección de situaciones de vulneración de derechos de menores de edad, agregando que periódicamente se realizan “acciones formativas dirigidas a sus equipos en materias de protección integral de la infancia, buen trato, enfoque de derechos, deberes y actuación frente a situaciones de vulneración de derechos”. Esto se suma a un refuerzo “permanente” –señala Junji– del deber de denuncia, el registro y la trazabilidad de la información cuando se está frente a situaciones de eventual vulneración de derechos (vea las respuestas completas de Junji).
CIPER intentó ubicar a la directora para conocer su versión sobre los hechos, acudiendo al jardín infantil donde actualmente trabaja, siendo recibidos por otra trabajadora del recinto, quien indicó que la directora no podría entregar comentarios al respecto, ya que se encuentra impedida de hacerlo por ser funcionaria pública.

Imagen referencial (Créditos: Agencia Uno)
La tragedia del menor de dos años comenzó en agosto de 2022, un día antes de que su padrastro lo agrediera a tal punto que terminó con su vida. Las educadoras del jardín infantil al que asistía el niño detectaron en esa jornada que presentaba moretones en el tórax, el hombro, la cabeza, el tobillo y el empeine de un pie, situación que consignaron en el cuaderno de registro del establecimiento. Pero, pese a la alerta, no se realizó ninguna denuncia ante la fiscalía, como exige la ley. Tampoco se efectuó una visita a la casa del infante, como señala el protocolo interno. El niño vivía frente al recinto educacional.
El registro quedó consignado en una bitácora, un registro formal que mantenía el jardín para archivar información relevante de los niños, como inasistencias, certificados médicos y lesiones. Allí quedaron consignados las contusiones que tenía el niño, según detalló el sumario. Pero, cuando la directora del establecimiento se enteró del fallecimiento del niño al día siguiente, decidió acudir al jardín infantil, al que llegó alrededor de las 20:00 horas y, una vez ahí, destruyó la anotación. Según el testimonio que entregó en el sumario de la Junji –al que CIPER tuvo acceso–, lo hizo porque tenía rabia y tristeza: “Ese día tenía tanta rabia y estaba llorando. Los apreté y quedaron sucios [el cuaderno]. Tenía mucha rabia por lo que estaba pasando, perdí el control, empecé a golpear cosas. Pero confirmo que después yo me retracté de todo eso, me di cuenta que fue un error”, declaró durante el sumario de la Junji.
El sumario de la Junji devino en una denuncia interpuesta por esa misma institución ante el Ministerio Público. A raíz de esto, la abuela paterna del niño, Elizabeth, interpuso una querella en contra de la directora del jardín infantil por el delito de infidelidad de custodia de documentos.
El sumario de la Junji culminó con una suspensión de tres meses y la rebaja del 50% del sueldo de la educadora de párvulos. En esa investigación administrativa se acreditó que la funcionaria “no cumplió con los principios” que debían regir su actuar como una directora de un jardín infantil, los que –entre otras cosas– la obligaban a “cautelar el bienestar integral de los párvulos”. Según la propia Junji, un tema clave en estos hechos fue que “existían indicadores que daban cuenta de presuntas o posibles situaciones irregulares [de maltrato]” respecto del niño, las cuales eran conocidas por la directora y que debieron ser denunciados.
En sus conclusiones, el sumario corroboró además que esta funcionaria “intentó ocultar y hacer desaparecer información importante y relevante respecto a los hechos investigados”, acción que incluyó la “destrucción de antecedentes existentes en el establecimiento”, pero la educadora no fue desvinculada.
En el sumario se consideró atenuante el hecho de que ella reconociera su falta: “Es entendible que la acción de la inculpada (de romper los documentos y pedir que los omitieran) se haya debido a un gesto de desesperación y miedo; pero que luego cuando ella logró reflexionar, tomó medidas paliativas, y consultada al efecto en este proceso, reconoció el hecho, lo que es tenido a la vista como atenuante (…) al momento de proponer la sanción, dejando de lado la posibilidad de la destitución”, se precisa en el sumario.
La evidencia documental y testimonial levantada tanto en el sumario de la Junji como en la causa por infidelidad en la custodia de documentos públicos revelan otro hecho: según testimonios de educadoras del recinto, tanto el niño asesinado como su hermana presentaban señales de descuido porque faltaban de forma reiterada a clases sin justificación, no llegaban aseados y su madre jamás presentó sus papeles médicos, a pesar de ser solicitados. Incluso, la hermana mayor del niño fallecido, se encontraba en estado de desnutrición y a juicio de las parvularias, tenía una aparente alopecia y presentaba problemas al orinar. Según explicaron, se le solicitó certificación de atención médica a la madre, la que nunca fue entregada.
Las lesiones del lactante quedaron consignadas el mismo día en el libro protocolar del jardín. El padrastro en tanto, un hombre de 25 años, producto del asesinato, quedó recluido en la cárcel Santiago 1, y a los dos días de cometer el crimen, se suicidó.
Una semana después de la muerte del menor, la directora instruyó a la funcionaria que había confeccionado el registro de las lesiones, rehacer la hoja destruida, obligándola a redactar una nueva versión de ésta.
Según declaró la directora ante la Junji y la fiscalía, la nueva versión fue idéntica a la original, lo que choca con lo aseverado ante la justicia por la funcionaria que escribió los registros. En un correo enviado a la fiscal del caso, Paulina Cabrera, esta educadora de párvulos relató que reescribió el documento una vez, pero a la directora no le gustó y le ordenó hacerlo de nuevo. Esto, según la funcionaria, “ya que vio muy fuerte este registro”.

Imagen referencial (Créditos: Camilo Castro / Agencia Uno).
María Elena Santibañez, abogada y directora de la Fundación Amparo y Justicia, asumió la representación de Elizabeth –la abuela paterna del menor fallecido– tanto en la causa que investigó el homicidio del niño como en el proceso penal posterior por infidelidad de custodia de documentos llevado en contra de la directora subrogante del jardín infantil. Para Santibañez, esta última instancia presentó un desafío importante en términos jurídicos, debido a la dificultad de encontrar un tipo de delito penal que imputar a la educadora de párvulos.
“Habían señales de que el niño estaba siendo agredido, y eso había sido consignado por el jardín infantil en que iba el niño, entonces eso es el primer hecho que llama la atención”, explica la penalista en referencia a la omisión de denuncia que habría cometido la directora, “pero el problema con esa primera infracción es que para poder perseguirla tienes un plazo muy corto”. El plazo para denunciar, según explicó la abogada penalista, es de seis meses, por lo que al momento de enterarse de los hechos, esta infracción ya había prescrito.
Sin la posibilidad de acusar una omisión de denuncia, el equipo jurídico de la Fundación Amparo y Justicia decidió concentrarse en el segundo hecho relacionado al actuar de la directora del jardín infantil: la destrucción del cuaderno donde se consignaron las lesiones con que arribó al establecimiento.
A juicio de Santibañez, aquella conducta es más grave que el no presentar una denuncia por estos hechos: “Acá hubo una vulneración mayor que la conducta de no denunciar, ya que hay una conducta activa de la directora, o sea, la que tiene un mayor deber respecto de los menores que están a su cargo. Es quien activamente ordena una conducta dolosa, que es destruir un documento que pertenece al jardín infantil de la Junji”.
En la actualidad, de acuerdo con la abogada, se podría imputar el delito de obstrucción a la justicia, cuya prescripción es de cinco años. Pero, eso no era posible, dado que la ley que corría en 2022 –el año en que ocurrieron estos hechos– tenía una definición de la conducta delictual que no era aplicable a estos hechos. Hoy, esa definición es distinta, ya que la norma fue actualizada, y podría, según Santibañez, aplicarse a un caso como este.
Es por eso que el equipo legal de la Fundación Amparo y Justicia, en representación de Elizabeth, interpuso en octubre de 2025 una querella por infidelidad de custodia de documentos.
La causa fue tramitada ante un Tribunal de Garantía de Santiago, donde se decretó la suspensión condicional del procedimiento penal por un año, de común acuerdo entre las partes. A cambio de no enfrentar un juicio por este delito, la directora accedió a firmar mensualmente en la 7ª Comisaría de Renca, además de pedir disculpas públicas y fijar domicilio ante el Ministerio Público y el tribunal.
Elizabeth espera que lo ocurrido con el caso de su nieto se haga público y que las sanciones para quienes omiten denuncias de este tipo sean más graves. En particular, la abuela del menor fallecido quiere que quienes no denuncien potenciales casos de abuso infantil, no puedan seguir ejerciendo con menores bajo su cuidado.