ANEF PIDIÓ RECONSIDERACIÓN
Ley de 40 horas: Contraloría excluye el tiempo de colación de la jornada de los trabajadores públicos regidos por el Código del Trabajo
20.04.2026
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ANEF PIDIÓ RECONSIDERACIÓN
20.04.2026
El dictamen se basa en un decreto de 1965 y afecta a todas las personas que laboren en servicios estatales descentralizados, pero contratadas por las normas del Código del Trabajo, como ocurre, por ejemplo, con empleados pertenecientes al Hospital de Carabineros, la Comisión Nacional de Acreditación, el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, el Servicio Nacional de Migraciones o el recién creado Servicio Nacional Forestal, entre otros. Contraloría subrayó que este criterio es obligatorio y no puede ser negociado en contratos individuales o colectivos. Ante una consulta de CIPER, el ente regulador no descartó ampliar este razonamiento a empresas estatales como Codelco, Banco Estado o la ENAP. Cabe mencionar que el decreto de 1965 rige para empresas estatales, fábricas, bancos y diversos agentes productivos tanto públicos como privados.
La Contraloría General de la República emitió un dictamen en el que advirtió que las miles de personas que se desempeñen en servicios descentralizados del Estado no pueden imputar su hora de colación a su jornada laboral, cuando trabajen menos de 43 horas a la semana y estén regidas por el Código del Trabajo. Esto significa que, a contar de este 26 de abril, cuando comience a regir la reducción a 42 horas de la jornada semanal, estos empleados públicos tendrán que dedicar al trabajo un tiempo total de 44,5 horas (las 42 horas de la jornada laboral más otras 2,5 horas para la colación, si se considera un tiempo de media hora de lunes a viernes). Esto es más de lo establecido como tiempo máximo para los funcionarios públicos que se rigen por el Estatuto Administrativo y no por el Código del Trabajo.
La resolución N° D136 de Contraloría está basada en el decreto 1.897 de 1965, norma que regula la actividad laboral tanto en el sector público como en el privado. Explícitamente, esta legislación señala que su ámbito de aplicación son fábricas, empresas estatales, establecimientos educacionales, bibliotecas públicas y museos, servicios estatales, bancos y tribunales de Justicia, entre otros rubros. (ver norma de 1965).
Ante una consulta de CIPER, Contraloría eludió precisar si la medida afecta también a las personas que trabajan bajo el Código del Trabajo en empresas como Banco Estado, Codelco, Correos o FAMAE, entre otras. El órgano contralor dijo que una opinión jurídica sobre este tema “implicaría analizar la jurisprudencia correspondiente y, en concreto, emitir un dictamen referente a esas instituciones».
La resolución N° D136 fue emitida este 18 de marzo en respuesta a consultas formuladas por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). Ambas entidades pidieron una aclaración sobre cómo afecta legalmente la disminución de la jornada laboral el tiempo dedicado a la pausa de colación en los servicios descentralizados donde hay trabajadores regidos por el Código del Trabajo (ver organigrama con todos los órganos descentralizados del Estado).
En específico, Dipreca consultó sobre la situación de los trabajadores que, a partir del 26 de abril de 2026, tendrán una jornada de 42 horas semanales, como sucederá con quienes se desempeñan en el Hospital de Carabineros. Al respecto, Contraloría subrayó que el decreto N° 1.897 de 1965 establece que los trabajadores con una jornada inferior a 43 horas semanales no tienen derecho a imputar el tiempo de 30 minutos de colación a su jornada laboral.
El dictamen de Contraloría estableció además que tampoco se autoriza a los empleadores a mantener el beneficio de que la colación se cuente dentro de la jornada, ya sea por acuerdos individuales o colectivos con los trabajadores, si es que esa modalidad ya rige en estos servicios. Aún más, la resolución señala que cualquier mejora en este punto pondría al personal beneficiado en una situación de privilegio respecto del resto de los funcionarios de la administración del Estado (ver dictamen).
En la actualidad, los trabajadores públicos regidos por el Estatuto Administrativo trabajan hasta 44 horas semanales incluida su colación, como máximo. Las personas regidas por el Código del Trabajo deberán laborar más tiempo, aunque desempeñen labores similares y en un mismo servicio.
Consultada por CIPER, la académica Pamela Martínez de la Universidad de Chile señaló que la decisión de la Contraloría es “discutible”, debido, entre otros factores, a que ésta cae en “una interpretación excesivamente literal de una norma”, sin considerar todas las modificaciones legales que han existido sobre la materia en más de 60 años, desde 1965. “Esto se pudo resolver de otra forma”, insistió
En este marco, la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) pidió por escrito este lunes a Contraloría reconsiderar este dictamen, argumentando que el ente regulador incurrió en valoraciones jurídicas erróneas: “La interpretación sostenida por la Contraloría se aparta del espíritu normativo, en cuanto pretende eliminar un beneficio que, además de responder a la finalidad protectora de la norma, se encuentra válidamente incorporado al patrimonio jurídico de los trabajadores, configurándose como un derecho adquirido”, señala el documento al que tuvo acceso CIPER (ver documento).
Sobre lo mismo, el presidente de la ANEF, José Pérez, dijo a CIPER que la intervención de Contraloría “distorsiona una norma que ya estaba en régimen”.
Por su parte, la Asociación Nacional de Funcionarios de la Dipreca (Anfudip) comunicó que buscarán “salvaguardar los derechos e intereses de nuestros asociados frente a los alcances del pronunciamiento” de Contraloría.