La ofensiva contra la Ley Lafkenche y los mitos sobre los ECMPO
25.02.2026
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25.02.2026
A pocos días de que una solicitud de Espacio Costero Marítimo de Pueblos Originarios se vote en Aysén, la autora de esta columna escribe sobre los cinco mitos en torno a la Ley Lafkenche que afloran en instancias como ésta. Identifica los intereses detrás de estas críticas y dice que el motivo de esta resistencia se debe a que “más que una norma sectorial, implica una redistribución del poder sobre el mar: quién decide, con qué criterios y para qué fines. A esa disputa se suma una dimensión que crece en importancia: el fortalecimiento de la gestión de áreas protegidas y de la institucionalidad ambiental —con la entrada en vigencia de la Ley N°21.600 sobre Biodiversidad—, que tensiona aún más la lógica de expansión productiva en territorios frágiles”.
Imagen de portada: Felipe Constanzo / Agencia Uno.
Cada vez que una solicitud de Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios (ECMPO) llega a una instancia decisiva, reaparece el mismo relato: la Ley Lafkenche estaría paralizando el desarrollo del sur de Chile. En las semanas previas al 2 de marzo, cuando deben votarse nuevamente los recursos de reclamación presentados por comunidades solicitantes de dos ECMPO en Aysén, ese guion vuelve a desplegarse.
Los mensajes son alarmantes. Se habla de una normativa que tendría paralizadas importantes inversiones en el borde costero y que amenaza con frenar el desarrollo desde Puerto Montt hacia el sur. Las principales críticas sostienen que la ley permitiría solicitudes desproporcionadas —grandes extensiones de mar para pocas familias— y que constituiría un obstáculo estructural para el crecimiento económico de las regiones australes.
Así se ha instalado la idea de que la Ley Lafkenche sería una norma bien intencionada, pero usada de manera abusiva, mediante la cual comunidades indígenas —supuestamente manipuladas por ONG ambientalistas con financiamiento extranjero— bloquearían inversiones estratégicas.
Ante esta arremetida comunicacional hay al menos cinco afirmaciones que es importante desmentir o, al menos, examinar críticamente.
La primera es que la Ley Lafkenche otorgaría propiedad o uso exclusivo de los ECMPO a las comunidades indígenas. Esto es falso, ya que lo que hace la ley es reconocer los usos y costumbres —denominados usos consuetudinarios— que dichas comunidades han ejercido históricamente y continúan ejerciendo en esos espacios, los que posteriormente deben ser regulados mediante un plan de administración. Los ECMPO no son territorios privatizados ni concesiones exclusivas de explotación económica. Por esta razón, comparar los ECMPO con concesiones acuícolas como las salmoneras o con áreas de manejo de recursos bentónicos (AMERB), que sí corresponden a derechos de uso exclusivo, constituye una interpretación distorsionada del sentido de la ley.
Una segunda afirmación frecuente es que la extensión de los ECMPO sería excesiva o desproporcionada en relación con el número de integrantes de las comunidades solicitantes. Este argumento desconoce que los usos consuetudinarios dependen de la relación histórica que cada pueblo ha desarrollado con su territorio y con el mar. Quienes conocen las costas del sur de Chile —y especialmente los archipiélagos australes— saben que las prácticas de navegación y ocupación del espacio marítimo difieren profundamente entre zonas de mar abierto y territorios archipelágicos. El mar interior es recorrido durante semanas en pequeñas embarcaciones tanto por comunidades indígenas como por pescadores artesanales, por lo que los usos consuetudinarios necesariamente abarcan grandes extensiones marítimas. Esto es particularmente evidente desde Puerto Montt hacia el sur, especialmente en las regiones habitadas por pueblos nómades canoeros.
Una tercera afirmación sostiene que los ECMPO paralizarían el progreso y el desarrollo. Sin embargo, los datos demuestran lo contrario. Desde que entró en vigencia la ley Lafkenche el año 2008, se han aprobado 43 ECMPO con una superficie superior a las 306.000 hectáreas. Desde entonces la industria salmonera no ha parado de crecer. Las exportaciones de salmones aumentaron un 120% entre 2012 y 2024, pasando de US$2.890 millones a US$6.371 millones. En 2025, Chile cosechó la histórica cifra de 1.146.700 toneladas de salmónidos y continúa siendo el segundo mayor productor mundial después de Noruega. La Ley Lafkenche resguarda los derechos previamente adquiridos por terceros. Las concesiones otorgadas con anterioridad continúan funcionando y las actividades productivas existentes pueden mantenerse. Junto con ello, los ECMPO son también una propuesta de desarrollo de las comunidades, al ser espacios esenciales para su continuidad económica y cultural, ya que dependen de ellos para sostener sus modos de vida. Permiten además el desarrollo de diversas actividades económicas —como el turismo o la pesca artesanal— siempre que no pongan en riesgo los usos consuetudinarios acreditados reconocidos a las comunidades.
Un cuarto mensaje sostiene que la Ley Lafkenche sería una norma bien intencionada pero aplicada de manera abusiva. Sin embargo, una solicitud de transparencia muestra que actualmente no existe ni una sola denuncia formal por tales abusos. Si se sostuvieran irregularidades en su aplicación, correspondería precisar con datos si estas constituyen un problema significativo y generalizable. El hecho de que, tras años de acusaciones, no se haya presentado evidencia alguna sugiere que se trata de una imputación vacía y funcional a intereses específicos.
Finalmente, se ha instalado la idea de que las comunidades indígenas estarían siendo manipuladas por ONGs ambientalistas nacionales o extranjeras. Esta afirmación no solo niega de manera evidente el derecho a la autodeterminación reconocido internacionalmente a los pueblos indígenas, sino que además desconoce la larga trayectoria organizativa de los pueblos indígenas, que han logrado sostener sus formas de vida a pesar de procesos históricos de colonización, despojo y asimilación. Ello no impide que las comunidades establezcan alianzas con organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas u organismos de derechos humanos para defender sus derechos. Atribuir sus decisiones a influencias externas es grave, ya que implica negarles autonomía política y capacidad de acción propia.
Estos cinco mensajes han circulado acompañados incluso de expresiones racistas y discursos de odio que han generado un clima de hostilidad y hostigamiento en contra de las comunidades indígenas que sostienen y defienden estos espacios.
Corresponde entonces al menos preguntarse quiénes están impulsando estos mensajes y qué intereses están en juego.
Una revisión sistemática de reportajes, columnas y declaraciones públicas de los últimos meses permite identificar con claridad a uno de los principales promotores de estos mensajes: la industria salmonera, que considera esta normativa una amenaza para sus expectativas de expansión en el sur de Chile.
Esta preocupación se expresa en forma evidente en medios especializados del sector, como Salmonexpert, Aqua y Mundo Acuícola, donde los ECMPO son presentados de manera recurrente como un factor de incertidumbre para la industria y como un obstáculo para nuevas inversiones. El ex presidente Eduardo Frei llegó incluso a señalar en un encuentro empresarial en Japón en 2025 que si Chile quiere ser un país desarrollado “lo primero que tenemos que hacer es matar la Ley Lafkenche, porque está matando la industria del salmón en Chile”.
Estos diagnósticos son periódicamente amplificados por medios de corriente principal. Entre ellos, El Mercurio ha publicado de forma sistemática reportajes, entrevistas y columnas que presentan a la Ley Lafkenche como un factor de incertidumbre jurídica y paralización económica en el sur de Chile, al tiempo que cuestionan, sin fundamentos, a organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la defensa de estos espacios.
El debate público ha estado marcado además por la presencia reiterada de voceros de la industria salmonera. Entre ellos destacan Tomás Monge, de SalmonChile, quien advierte que las solicitudes de ECMPO podrían “paralizar regiones completas”, y Loreto Seguel, del Consejo del Salmón, quien sostiene que la normativa genera incertidumbre jurídica y conflictividad territorial para las inversiones.
La intensidad de esta cobertura suele aumentar en los momentos previos a decisiones administrativas relevantes, particularmente en las Comisiones Regionales de Uso del Borde Costero (CRUBC), instancias resolutivas encargadas de evaluar la compatibilidad entre los usos consuetudinarios indígenas y otras actividades autorizadas en el borde costero y pronunciarse sobre los ECMPO.
De este modo, las decisiones sobre ECMPO terminan tomándose en un contexto donde la ley ya ha sido instalada públicamente como un problema. Los argumentos difundidos previamente en los medios reaparecen luego en discusiones institucionales que deberían centrarse en criterios técnicos de compatibilización de usos.
En este contexto, el conflicto en torno a la Ley Lafkenche empieza a mostrar rasgos de captura corporativa: situaciones en que actores económicos con alta capacidad de influencia logran orientar decisiones estatales que deberían responder principalmente a criterios técnicos y de interés público.
En lugar de discutir cómo pueden convivir distintos usos del mar —que es precisamente lo que establece la normativa—, el debate termina centrado en los supuestos abusos de las comunidades solicitantes, y las decisiones tienden a restringir o rechazar solicitudes más que a armonizar los distintos usos del borde costero.
La actual ofensiva comunicacional contra la Ley Lafkenche ocurre además en un momento político significativo. El presidente electo José Antonio Kast ha calificado a esta legislación como una “herramienta de chantaje político” y ha planteado reiteradamente la necesidad de modificar la normativa para “terminar con los abusos”. El aumento reciente de cobertura crítica coincide así tanto con la próxima votación del 2 de marzo sobre los ECMPO de Aysén como con la antesala de un ciclo político que podría profundizar el debate legislativo sobre la ley.
Durante décadas la industria salmonera ha ido creciendo en el mar interior del sur de Chile. Sus inicios se remontan a los años 70 y su consolidación comercial ocurre en los 80, cuando se instala como un nuevo actor económico en la Región de Los Lagos. Desde entonces, su expansión ha ido desplazando la frontera productiva hacia Aysén y Magallanes, hasta convertirse en una actividad central de la economía exportadora del país. Hoy el salmón figura entre los principales productos de exportación —segundo después del cobre y líder entre los no mineros— y es el segundo productor mundial después de Noruega.
Ese crecimiento, sin embargo, ha venido acompañado de costos ambientales y territoriales ampliamente documentados en informes técnicos, estudios científicos y reportes de diversas organizaciones académicas y de la sociedad civil.
En ese contexto, la Ley Lafkenche introdujo un cambio profundo: reconoció que el mar no es solo un espacio productivo, sino también un territorio habitado y cultural donde existen usos consuetudinarios y derechos colectivos indígenas que el Estado y todos debemos considerar. Ese reconocimiento no eliminó la actividad económica ni afectó derechos previamente adquiridos. Pero sí altera el equilibrio de poder en la gobernanza del borde costero, incorporando actores que históricamente habían estado fuera de la toma de decisiones.
Quizás por eso la Ley Lafkenche genera tanta resistencia. Porque más que una norma sectorial, implica una redistribución del poder sobre el mar: quién decide, con qué criterios y para qué fines. A esa disputa se suma una dimensión que crece en importancia: el fortalecimiento de la gestión de áreas protegidas y de la institucionalidad ambiental —con la entrada en vigencia de la Ley N°21.600 sobre Biodiversidad—, que tensiona aún más la lógica de expansión productiva en territorios frágiles.
La discusión de fondo, entonces, no es solo jurídica ni administrativa; es política y estratégica: qué modelo de desarrollo queremos. Uno donde un sector impone su predominio territorial capturando los beneficios mientras otros asumen los costos; o uno donde los distintos usos del mar deben convivir con respeto bajo reglas comunes y donde se reconoce que también existen comunidades que habitan el mar y tienen derecho a decidir sobre sus prioridades de desarrollo.