FISCAL JUDICIAL CALIFICÓ COMO INFRACCIONES GRAVES ALGUNAS ACTUACIONES DEL JUEZ
Corte de Valparaíso: formulan cargos al ministro Corvalán por no transparentar nexo comercial y de confianza con una jueza
07.01.2026
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FISCAL JUDICIAL CALIFICÓ COMO INFRACCIONES GRAVES ALGUNAS ACTUACIONES DEL JUEZ
07.01.2026
Son al menos tres las denuncias presentadas contra el ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y expresidente de ese tribunal, Rafael Corvalán. Una fue interpuesta por una jueza de La Calera que lo acusa de intervenir en un proceso disciplinario que la involucraba a ella y a otra magistrada. Con esta última jueza, según lo estableció el fiscal judicial de la corte porteña, Corvalán tuvo un vínculo comercial y de confianza que no informó: en 2020 el ministro le vendió un inmueble y le dio un mandato a la jueza para que ella lo representará en esa misma transacción. El fiscal judicial que investigó los hechos calificó las conductas indagadas como una “infracción grave a los deberes funcionarios”.
El sumario administrativo contra el ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y expresidente de ese tribunal, Rafael Corvalán Pazols, se inició a partir de una denuncia presentada por la jueza del Juzgado de Letras de La Calera, Andrea Pizarro. La acusación sostiene que el ministro intervino en un proceso disciplinario que la afectó a ella y a otra magistrada del mismo juzgado, Catalina Lagos. Esto, a pesar de que Corvalán mantenía un vínculo comercial previo con la jueza Lagos, lo que no habría transparentado.
Según información recopilada por CIPER, la denuncia plantea que, cuando el ministro debió intervenir en el proceso disciplinario que afectaba a ambas juezas, no informó que en 2020 le había vendido a la magistrada Lagos un inmueble en Limache (Valparaíso). Como lo corroboró el fiscal judicial de la corte de Valparaíso que investigó la denuncia, Mario Fuentes, el ministro Corvalán le extendió un mandato a la jueza Lagos para que ella lo representara en esa misma compraventa. A juicio del fiscal Fuentes esto acredita que el contrato por el bien raíz se basó un vínculo de confianza que el ministro debió transparentar.
En el informe redactado por el fiscal judicial (véalo acá) indica que esta relación previa entre Corvalán y Lagos “generaba un deber objetivo de abstención (…) en tanto al Sr. Corvalán le correspondió intervenir en actuaciones relativas a la misma magistrada dentro de un proceso disciplinario en curso, vulnerando con ello los deberes de prudencia e imparcialidad que le asisten, configurando en consecuencia una conducta reprochable”.
El informe del fiscal aborda la intervención de Corvalán en el proceso disciplinario que afectó a las juezas Pizarro y Lagos, pero también apunta a que el ministro habría informado indebidamente a la jueza Pizarro sobre su traslado y gestionado directamente la reconsideración de la destinación de la magistrada Lagos.
Al cerrar su informe, el fiscal Fuentes formuló cargos contra el ministro Rafael Corvalán por un conjunto de conductas que él describe como “una infracción grave”:
“Que, los hechos antes establecidos constituyen en su conjunto una infracción GRAVE, a los deberes funcionarios, en los cuales le ha cabido responsabilidad en carácter de autor al investigado, ello en cuanto existe reiteración de actuaciones impropias dentro de un mismo contexto disciplinario, que pueden afectar a la imagen institucional dado el cargo de alta jerarquía que ocupa el denunciado”.
Son, al menos, tres las denuncias que han afectado al ministro Corvalán en el último tiempo. La segunda de ellas provino de jueces del Tribunal Oral Penal de Quillota, quienes lo acusan -y también a la ministra Silvana Donoso- de maltrato verbal y acoso laboral. CIPER confirmó que existe una tercera investigación por presunto maltrato laboral, aunque en ese tribunal no entregaron antecedentes sobre la misma.
CIPER consultó, a través del Departamento de Comunicaciones de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, cuál era el estado de las denuncias que afectan al ministro. Desde la corte respondieron que “respecto de la investigación sumaria originada tras la denuncia de una jueza de La Calera, aún no existe resolución del pleno de este tribunal de alzada”. Agregaron: “En cuanto a las otras investigaciones sumarias en curso, estas se encuentran en tramitación reservada, por tratarse de procesos investigativos internos”.
CIPER envió preguntas al ministro Corvalán, a través del Departamento de Comunicaciones del Poder Judicial, desde donde señalaron que el magistrado no responderá por tratarse de consultas sobre un proceso disciplinario en curso.
El nombre del ministro Corvalán ya había aparecido en la agenda pública. Ocurrió luego de que CIPER reveló que, en los chats entre el exministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa, y el abogado Luis Hermosilla, figuraba reiteradamente el nombre del ministro del tribunal porteño. Esos mensajes mostraron que Ulloa y Hermosilla montaron una red de gestiones para influir en nombramientos judiciales, y uno de los casos relevantes fue la nominación de Rafael Corvalán, quien en 2024 llegó a encabezar la corte de Valparaíso (vea acá el artículo “Los desconocidos chats de Ulloa y Hermosilla para intervenir en el nombramiento del juez que llegó a presidir la corte de Valparaíso”).
Según esos intercambios, Ulloa habría solicitado a Hermosilla -quien entonces era el principal asesor jurídico del Ministerio del Interior bajo el gobierno de Sebastián Piñera- que interviniera para favorecer a Corvalán en su postulación a la corte de Rancagua en 2020. Ese mismo año volvió a hacerlo, para que Corvalán llegara a la corte de Valparaíso. Otro reportaje de CIPER (vea aquí ese artículo) mostró que el fiscal regional de Aysén, Carlos Palma, también intercambió mensajes con Hermosilla solicitando apoyo para la postulación de Corvalán.
El respaldo de Ulloa a Corvalán no se habría limitado a nominaciones para cargos judiciales. En 2019, Corvalán enfrentó un sumario a raíz de una denuncia por acoso sexual, la que la Corte Suprema resolvió sobreseer. Sin embargo, en el fallo se registró que su conducta frente a una subalterna fue calificada como imprudente. Al año siguiente, en marzo de 2020, la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados impulsó una campaña contra el acoso sexual en el Poder Judicial. Personas que participaron en esa iniciativa señalaron a CIPER que la denunciante de Corvalán había sido considerada para intervenir en un video. Pero, eso no ocurrió. CIPER revisó mensajes de quienes conocieron la preparación de la campaña, en los que queda de manifiesto que hubo una intervención de Ulloa para impedir la incorporación del testimonio de la denunciante de Corvalán.

En la formulación de cargos que el fiscal judicial realizó al ministro Corvalán, el primer antecedente determinante es un contrato de compraventa celebrado el 9 de julio de 2020, mediante el cual el ministro Corvalán vendió a la jueza Catalina Lagos un inmueble ubicado en Limache. La operación tuvo una particularidad: la magistrada actuó no solo como compradora, sino también como mandataria del vendedor, es decir, en nombre del ministro Corvalán. Para el fiscal Fuentes, esto refleja un “vínculo jurídico relevante”, tanto por su naturaleza económica como por la relación de confianza que implica un mandato de estas características.
Según se desprende del informe escrito por el fiscal Fuentes, en su defensa Corvalán sostuvo que no tenía el deber de inhabilitarse, ya que -a su juicio- no existía causal legal de implicancia o recusación, al no mantener una relación de amistad con la jueza Lagos, ni antes ni después de la compraventa. El fiscal desestimó ese argumento y concluyó que la sola existencia del vínculo contractual, que además no fue informado oportunamente, imponía al ministro un deber de abstención. En particular, porque Corvalán intervino después en decisiones disciplinarias que afectaban directamente a la magistrada con la que había tenido esa relación comercial y de confianza. Esto, según el fiscal, vulneró los deberes de prudencia e imparcialidad propios de su cargo.
El sumario también reconstruye hechos que tuvieron lugar el 18 de noviembre de 2024, cuando Corvalán se constituyó personalmente en el Juzgado de Letras de La Calera, junto a una relatora del pleno y dos funcionarios que asumirían como jueces suplentes en ese tribunal. Uno de estos jueces reemplazaría a la magistrada Andrea Pizarro, quien posteriormente presentó la denuncia contra el ministro.
Ese día, Corvalán entregó personalmente a la jueza Pizarro la resolución que la destinaba transitoriamente, por vía disciplinaria, a otro tribunal. Aunque el ministro sostuvo que no fue una notificación formal, el fiscal concluyó en su informe que, en los hechos, la actuación cumplió ese objetivo, el “que no se encuentra dentro de las funciones propias del Presidente de la Corte de Apelaciones y excede en consecuencia las competencias de quien ejerce la jefatura superior de dicho tribunal”. Añade que el acto expuso innecesariamente a la magistrada ante terceros, “afectando su dignidad funcionaria al tener que hacer abandono de su lugar de trabajo bajo esas circunstancias”.
La investigación del fiscal concluyó que los jueces suplentes fueron convocados el día 15 de noviembre para presentarse en el juzgado de La Calera el día 18 a objeto de iniciar el reemplazo. De acuerdo con el razonamiento del fiscal, esto contraviene las normas, pues estas gestiones se realizaron cuando aún no había sido dictada ni notificada la resolución del traslado temporal de la jueza Pizarro. El informe del fiscal agrega que los dos jueces suplentes comenzaron a ejercer antes de que se completara el procedimiento legal para dar luz verde al reemplazo, fueron juramentados de manera telemática y nombrados oficialmente solo después de que el pleno autorizó sus designaciones. Para el fiscal Fuentes, esta secuencia vulneró las normas que regulan los nombramientos en el Poder Judicial.
El fiscal instructor sostiene en su informe que Corvalán habría gestionado “de manera activa y directa la reconsideración del traslado de la magistrada Lagos”, mientras que no realizó gestiones equivalentes respecto de la jueza Pizarro, pese a que ambas se encontraban en situaciones comparables.
La asimetría en el tratamiento para ambas juezas, según concluyó el fiscal, “compromete el deber de igualdad y el estándar de imparcialidad exigido a toda autoridad judicial”.