La movilidad educativa: una promesa incumplida
03.11.2025
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03.11.2025
							
Los autores de esta columna escriben sobre las dificultades que existen en el sistema de educación superior para que los estudiantes puedan moverse por este, como se supone que permite la legislación vigente. Sostienen que «la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) tiene un papel crucial que cumplir. Sus Criterios y Estándares de 2023 aún no incorporan indicadores específicos sobre articulación o reconocimiento de aprendizajes previos. Incluir estos elementos como dimensiones evaluables de la calidad sería un paso clave para incentivar el cambio institucional».
El discurso de la movilidad educativa no se condice con la estructura legal que rige el sistema de educación superior. La ausencia de un marco sistémico de articulación impide el acceso real a la formación continua y al aprendizaje a lo largo de la vida.
Desde hace más de tres décadas, Chile reconoce la necesidad de promover trayectorias formativas continuas. Sin embargo, el sistema de educación superior sigue funcionando como un conjunto de compartimentos estancos. Aunque el discurso oficial —y la Ley N° 21.091 sobre Educación Superior (2018)— invoca la articulación y las trayectorias formativas como principios rectores, la realidad es que son insuficientes los mecanismos efectivos que las hagan posibles.
La rigidez estructural del sistema impide que una persona que inicia su formación técnica pueda avanzar sin obstáculos hacia niveles superiores. Y más grave aún, la falta de reconocimiento de aprendizajes previos bloquea la posibilidad de que la experiencia laboral, la capacitación, u otras instancias formativas sean valoradas dentro de la trayectoria educativa flexible.
En Chile, la flexibilidad curricular dista de ser una práctica en las instituciones. La fragmentación normativa, la falta de instrumentos operativos y los desincentivos financieros componen un sistema que desfavorece la movilidad educativa.
Mientras no exista una política pública robusta y coherente que integre la articulación como parte de la estructura del sistema —y no como excepción—, la educación a lo largo de la vida seguirá siendo un ideal.
Superar esta rigidez requiere una decisión política clara: pasar del discurso a la arquitectura institucional. Solo así Chile podrá construir un sistema de educación superior que no embotelle a las personas en trayectorias únicas, sino que les permita aprender, avanzar y reconvertirse a lo largo de toda su vida.
El sistema chileno de créditos es un reflejo de esta fragmentación. No existen criterios comunes entre universidades, institutos profesionales (IP) y centros de formación técnica (CFT). Cada institución establece sus propias reglas para convalidar asignaturas o reconocer estudios previos, lo que en la práctica hace que la movilidad interinstitucional sea un asunto de ajustes y adaptaciones institucionales, que están lejos de ser expeditos.
A ello se suma la inexistencia de un Sistema Nacional de Cualificaciones operativo, a pesar de que su necesidad se reconoce desde los años noventa. La Ley 21.091 vuelve a mencionarlo, pero no lo institucionaliza ni lo vincula obligatoriamente con los currículos. El resultado es un sistema que clasifica, más que articula, y que sigue reforzando una jerarquía entre tipos de instituciones en lugar de promover trayectorias integradas.
El diseño del financiamiento público también refuerza esta rigidez. El Crédito con Aval del Estado (CAE) —creado por la Ley N° 20.027 (2005)— se otorga solo para un programa y una institución específicos. Cambiar de nivel o institución implica perder el beneficio o reiniciar la deuda, lo que desalienta cualquier intento de progresión formativa articulada.
Un avance lo podemos observar en el artículo 109 de la Ley 21.091, que permite mantener la gratuidad en casos de articulación. Sin embargo, el beneficio exige la convalidación de al menos dos semestres, lo que restringe su aplicación a convenios acotados entre instituciones afines. En la práctica, las personas para continuar su formación no tienen a la vista la posibilidad de seguir sus trayectorias.
El Estado ha impulsado algunas iniciativas complementarias, como la Beca de Articulación (BAR) y el Fondo de Desarrollo Institucional (FDI) del Ministerio de Educación, que han financiado proyectos piloto de articulación entre CFT e IP.
No obstante, estos esfuerzos son aislados y de corto alcance. No forman parte de una política pública sostenida ni cuentan con un marco regulatorio que garantice su permanencia. Por ello, sus resultados se diluyen una vez concluido el financiamiento, sin modificar la estructura de fondo.
La falta de coordinación interinstitucional y de incentivos normativos impide que estas experiencias piloto escalen a nivel sistémico. En consecuencia, la articulación sigue dependiendo de la buena voluntad de las instituciones más que de una posibilidad abierta para la población en su conjunto.
La situación es especialmente crítica en la formación inicial docente, uno de los ámbitos donde la regulación es más restrictiva. La Ley N° 20.903 (2016), que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente, reserva la formación de pedagogías exclusivamente a las universidades.
Esto significa que un CFT no puede ofrecer formalmente programas de pedagogía, ni sus estudios pueden ser reconocidos como parte de una formación docente universitaria. Así, técnicos en educación de párvulos o educación diferencial —que poseen experiencia y formación relevante— no tienen vías articuladas hacia la docencia profesional. La norma perpetúa la separación entre formación técnica y universitaria, impidiendo trayectorias ascendentes dentro del propio sistema educativo.
La Comisión Nacional de Acreditación (CNA) tiene un papel crucial que cumplir. Sus Criterios y Estándares de 2023 aún no incorporan indicadores específicos sobre articulación o reconocimiento de aprendizajes previos. Incluir estos elementos como dimensiones evaluables de la calidad sería un paso clave para incentivar el cambio institucional. Asunto que es posible en vista de la innovación que requieren los criterios y estándares para el siguiente periodo. La movilidad y la posibilidad de trayectorias, no puede quedar al margen de la evaluación de calidad. Si la acreditación es el principal instrumento de regulación del sistema, entonces debe también ser un motor para la integración.
* Miembros del Programa de Investigación Asociativa Universidad Alberto Hurtado. InvestigaTP.
Proyecto: “Implementación de un modelo de articulación vertical para la formación técnico profesional que favorezca el desarrollo de trayectorias formativas y el desarrollo de competencias profesionales en la UAH”. Concurso Áreas Estratégicas, Subsistema Universitario. Fondo de Desarrollo Institucional, año 2024.