SERIE DE REPORTAJES “PINOCHET, EL GRAN HERMANO”. CAPÍTULO IV
Oficios secretos revelan que la DINA informaba a autoridades de gobierno las condiciones en que estaban los detenidos
10.09.2023
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SERIE DE REPORTAJES “PINOCHET, EL GRAN HERMANO”. CAPÍTULO IV
10.09.2023
¿Cómo administraba la dictadura los campos de detenidos? ¿Sabían de la tortura los ministros y los civiles del régimen? Oficios secretos que se conservaron en el Archivo Nacional de la Administración (ARNAD) muestran que la DINA mantenía una estrecha comunicación con las autoridades políticas, a las que compartía fichas sobre el estado de salud de los reclusos, informes con las declaraciones obtenidas en interrogatorios y la nómina actualizada de los presos. Los documentos revisados para este reportaje ahora pueden ser consultados en el buscador online “Papeles de la Dictadura”, una iniciativa de CIPER con la colaboración del Centro de Investigaciones y Proyectos Periodísticos (CIP) de la Universidad Diego Portales.
El general de Carabineros Néstor Barba Valdés decidió dejar por escrito todas sus preocupaciones y el 24 de marzo de 1976 envió un oficio timbrado como URGENTE a los ministerios del Interior y Justicia. En el documento detalló los inconvenientes de instalar los campos de detención y tortura de Tres y Cuatro Álamos en la calle Canadá N°5359 (San Joaquín), una zona donde, a su juicio, estaba “la mayor concentración de elementos marxistas del país”.
“Por tratarse de un espacio abierto y no un inmueble compacto y en bloque, como es el caso del Estadio Chile, (…) la vigilancia y seguridad de los detenidos se haría difícil y supondría el empleo de un subido número de personal en cada turno, en todo caso 200 hombres por turno”, alertó el oficial, tras realizar un estudio de la situación en su condición de jefe policial del sector.
Barba Valdés, quien desde 1976 integraría las comisiones legislativas de la Junta Militar de Gobierno, añadió que el mayor riesgo era sobre todo político, pues si las “grandes masas de obreros” decidían atacar el recinto “se sentaría un precedente y ejemplo altamente perjudicial” (ver documento).
Sin embargo, el general Augusto Pinochet y sus ministros decidieron, pese a las advertencias, mantener la operación en marcha y ambos recintos funcionaron hasta 1978, bajo la estricta supervisión política de La Moneda, como atestiguan los documentos revisados por CIPER.
De esta forma, en las semanas posteriores a la instalación de estos campos de prisioneros, las discusiones, registradas en oficios y circulares, no sólo fueron sobre aspectos técnicos, sino que también sobre asuntos administrativos y políticos, derivados de la captura y reclusión de opositores. Un primer aspecto fue como denominar a los más de 30 mil hombres y mujeres que permanecían en prisión por su oposición a la dictadura en todo el país, según el propio registro del régimen (ver documento).
En ese marco, el 30 de julio de 1974 el ministro de Defensa de la época, el general de Ejército Óscar Bonilla, emitió la orden de que los presos políticos dejaran de ser calificados como “prisioneros de guerra”, esto “con el fin de evitar la proyección de una imagen que pueda repercutir en forma desfavorable para el país”.
Bonilla, quien murió en un accidente de helicóptero en marzo de 1975, insistió en que los reclusos debían ser nombrados sólo como “arrestados”, “detenidos” o “procesados”, sin ningún adjetivo. La norma -aclaró- regía para el funcionamiento de los campos de prisioneros, para la redacción de cualquier texto oficial y también para la prensa (ver documento).
Un mes y medio después, el 13 de septiembre de 1974, fue el jefe de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), el entonces coronel Manuel Contreras, quien decidió poner en debate una preocupación legal que lo inquietaba respecto de los miles de detenidos. Como refrenda la documentación revisada por CIPER, el jefe de la policía secreta envió un oficio reservado al ministro de Justicia, general (J) de Carabineros Hugo Musante, en el que pidió endurecer las condiciones legales que se debían aplicar “a los condenados por la Justicia Militar y los prisioneros de guerra (sic)”.
A Contreras, quien en democracia fuera procesado por secuestros, torturas y asesinatos, le incordiaba que a los detenidos pudieran acceder los beneficios carcelarios a los que podía optar cualquier otro ciudadano. “Si bien es cierto que las instrucciones impartidas están encuadradas en estricto derecho, no es menos cierto que encontrándose el país en Estado de Sitio en el grado de Defensa Interno, hacen aconsejable estudiar una pronta modificación a las disposiciones en actual uso”, sostuvo (ver documento).
La discusión buscaba hacer desaparecer un problema político, que estaba trayendo complicaciones internacionales crecientes a la dictadura por las denuncias sobre detenciones ilegales, torturas, ejecuciones y desapariciones de opositores. Pero, también perseguía mantener la capacidad de la DINA de actuar por fuera de la justicia, como muestran varios documentos en que la orden de detención de distintas personas fue decretada directamente por Pinochet, sin juicio alguno (vea el reportaje de esta serie «Los documentos reservados que muestran cómo la DINA controlaba los límites que el Poder Judicial no podía cruzar»).
En medio de estas preocupaciones políticas y administrativas sobre la prisión política, los agentes de la DINA torturaron hasta matar al profesor Jaime Ossa Galdames. Su muerte ocurrió en Cuatro Álamos el 25 de octubre de 1975.
El cuerpo del docente, de 32 años, fue encontrado el 10 de diciembre en el Instituto Médico Legal por funcionarios del Comité Pro-Paz, integrado por representantes de distintas iglesias que procuraban la protección de los derechos humanos de los detenidos y perseguidos por la dictadura. Los miembros del comité buscaban a otra víctima cuando dieron con el cuerpo de Jaime Ossa. Su ficha de defunción decía que había sufrido un traumatismo abdómino vertebral y que su cuerpo había sido entregado por agentes de seguridad.
En enero, la situación escaló al Ministerio de Relaciones Exteriores, debido a que el asesinato del profesor sería presentado ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en Ginebra, como otro ejemplo de los crímenes de lesa humanidad cometidos en Chile.
Ante ello, el Ministerio del Interior envió a la Cancillería un informe reservado admitiendo que el docente había sido detenido por orden del gobierno, debido a su militancia en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), y que luego había sido trasladado a Cuatro Álamos (ver documento).
Sin embargo, estas complicaciones no detuvieron a la dictadura y los casos con repercusiones internacionales siguieron asomando en la agenda del régimen. También la documentación que verificaba que las órdenes de aprehensión eran dadas directamente por Pinochet.
De hecho, el 24 de febrero de 1976, el ministro del Interior, Raúl Benavides, decretó la captura de Jennifer Llewellyn-Jones, por orden directa de Pinochet. Una semana después, el coronel Contreras ratificó a Interior la captura de la mujer y su traslado a Cuatro Álamos, para ser interrogada por su cercanía al MAPU, uno de los partidos del derrocado gobierno de Salvador Allende.
“Fue una cosa espantosa, no hacíamos nada para que nos detuvieran y nos maltrataran como lo hicieron. No tengo palabras. Tenía 22 años. Jamás imaginé todo lo que me iba a pasar. Te cambiaron la vida, completamente. Eso es lo terrible, además”, dice Jennifer Llewellyn-Jones desde España.
Unos días después, y debido a las presiones de la embajada alemana, el coronel Contreras preparó un nuevo informe, ahora de varias páginas, sobre los hechos. Lo envió al Ministerio de Relaciones Exteriores, incluyendo las supuestas declaraciones emitidas por la detenida durante los interrogatorios.
En el siguiente enlace se pueden ver todos los documentos que respaldan esta historia, con excepción de las supuestas declaraciones de Jennifer Llewellyn Jones, obtenidas mientras estaba detenida en el centro de torturas de Cuatro Álamos (vea esos documentos).
Con la DINA crecientemente cuestionada dentro y fuera de Chile, los intercambios de información se multiplicaron entre la policía secreta y los ministerios del Interior, Justicia y Relaciones Exteriores. Y aunque muchas veces las familias de los detenidos no recibían antecedente alguno sobre dónde estaban sus familiares, las autoridades del régimen sí tenían un catastro detallado de en qué lugar se encontraba cada uno de ellos. Así lo muestra la documentación revisada por CIPER (ver documentos).
Ese flujo de información incluía las fichas políticas de los prisioneros, las declaraciones que emitían durante los interrogatorios e incluso informes médicos, en los que se señalaba si estaban en condiciones de seguir recluidos o no. Estos últimos reportes de salud eran firmados por el doctor Jorge Yaber Simon, comandante de cuadrilla de Sanidad de Carabineros (ver documentos).
En medio de esta situación de crecientes críticas, la Cruz Roja Internacional redobló sus esfuerzos por frenar las detenciones y torturas en estos campos, lo que nuevamente generó coordinaciones al interior del régimen (ver documentos).
En 1978 el campamento de prisioneros de Tres Álamos cerró finalmente sus operaciones, luego de ser el recinto de reclusión de unas 400 personas. A lo largo de sus cuatro años de operaciones, el registro de lo que sucedía con los presos fue meticulosamente detallado, como muestra un informe sobre una mujer detenida en ese lugar, el que incluye la hora exacta de su ingreso al campo de prisioneros de Tres Álamos o el centro de torturas de Cuatro Álamos, su condición médica, sus declaraciones y su fecha de salida.
Cada anotación llevaba la firma de un responsable, como el sargento Mario Quintero Cáceres, a cargo de la guardia, y el doctor Mario Rolando Nicolau, responsable de supervisar la condición clínica de los presos. Toda esa información era además compartida con los ministerios de Interior, Justicia y Relaciones Exteriores, lo que indica que lo que ocurría en esos centros de detención no fue sólo una operación de la policía secreta. De hecho, este informe de 1978 es un ejemplo de este registro e intercambio de información detallada (vea ese informe, del que CIPER tarjó cualquier información relativa a la víctima).
Así, tras años de colaboración y apoyo entre la DINA, los responsables del campo de detenidos y los ministerios del Interior, Justicia y la Cancillería, el teniente coronel de Ejército Sergio Guarategua envió el 25 de mayo de 1978 una circular informando que el campamento de prisioneros de Tres Álamos sería clausurado. Lo mismo ocurriría con la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos (SENDET), el órgano que él encabeza.
En el documento iba dirigido a 26 reparticiones públicas, lo que demuestra que la DINA no actuó sola en el manejo de los detenidos. De hecho, en su mensaje el teniente coronel dejó sentidas palabras de agradecimiento a todos los que colaboraron:
“El infrascrito cumple con el deber de agradecer a esa autoridad y por su intermedio a todos los organismos y personal dependiente, la amplia comprensión y colaboración que siempre se brindó a esta Secretaría Ejecutiva Nacional, durante toda su existencia, en la cual le correspondió afrontar una delicada e histórica misión” (ver documento).