Ir arriba

Comentarios (23)

Mario Mora O | 12.08.2021
Me parece muy bien, pero si vamos al fondo, he analizado esto por 2 años solo en la materia acústica, he descubierto una asociación ilícita entre órganos del estado y empresas privadas orientadas a la construcción, donde se ha mantenido una escalada dirigida al quebrantamiento normativo de manera global, primero las modificaciones de la ordenanza, creación de los revisores de obras que están por sobre los directores de obras, no conforme con los costos, luego apuntaron a la renovación cada 10 años y para ello la creación de la ley de energía, pues según las previsiones de decrecimiento inmobiliario de la CCH estimado en su propia revista para el 2020, han realizado todo un proceso de lobby con normas y leyes, creado primero los revisores independientes, luego el tema de la creación del gurú energético, el que esta por sobre todos los profesionales como un dios impuesto. Esto fue creado a conciencia para solo tratar comercialmente con solo un ente en obras e eliminar la importancia del arquitecto, y finalmente la ley de energía con una modificada normativa paralela, para quebrantar derechos civiles de los profesionales competentes históricamente, es claro que las instituciones que han sido creadas para ser los inspectores del ámbito son ahora los ayudantes comerciales donde se ponen chapitas como el CES, en el quebrantamiento acústico nadie sabrá que estará comprando, ya que la ley de energía les facilita el cambio de las fachadas por elementos industriales y mas económicos pero acústicamente deprimentes, esto afianzado a una muy baja exigencia los departamentos y casas serán ahora unas cajas de fosforo con tanto ruido como los guetos verticales con 64 dBA en los dormitorios y como las casas de silicona o las mencionadas casitas chubi , un departamento con buena aislación acústica debe tener un R´W+c> 62 y no como en chile un R´w+C>45 y en ruido impacto un L´nw< 50 dB y no como en chile un L´nw < 75 db, es un chiste, no existe salud ni confort acústico.
Hernan Larrain Chaux | 08.01.2019
Impactante el artículo de Patricio Herman . Debería ser tema de análisis en todas las facultades de arquitectura y derecho en este país .
Roxana | 04.01.2019
Señores Ciper: Ojalá que puedan realizar una investigación a la D. O. M. de la municipalidad de Concepción. Aquí, en Concepción también están autorizando construcciones de edificios tipo ghetos, dónde sus moradores, viven hacinados. Se autorizan construcciones de 20 pisos y más, en suelos y sitios que fueron afectados por el terremoto 27/10, provocando derrumbe posterior de edificio de 23 pisos. Esto es en el cuadrante de calles centrales cómo Carrera/GalvarinoHeras/Janequeo. Esta altura de edificio, no debería ser autorizada por ser un peligro seguro para las viviendas colindantes. Nada hemos aprendido de las desgracias, sólo hemos aprendidos de la codicia y no importan los demás!
Wlasac | 02.01.2019
Hola... Por favor podrían hacerme llegar los documentos que involucran en irregularidades a la ciudad de Curico. Saludos.
Jozsef Szita | 30.12.2018
Fuerza Patricio. Se enfrenta a poderes demasiado grandes sólo con su ética y determinación. Espero sean suficientes armas para que no logren silenciarlo.
Patricio Herman | 28.12.2018
Después de leer los comentarios del arquitecto Juan Pablo Vigneaux y por conocer su capacidad en estas materias, sería muy necesario que ejerciera una labor gremial de alto nivel en el Colegio de Arquitectos, sobre todo en estos tiempos en que esa orden profesional se ha alineado con los inversionistas inmobiliarios que disfrutan del laissez faire imperante. En tal sentido cobran importancia los intercambios epistolares publicados en algunos medios entre Miguel Lawner y el presidente de ese colegio.
JUAN PABLO VIGNEAUX BRAVO | 26.12.2018
Por la ignorancia de su juicio e información no es posible no responder al señor Felix Del Pino. La Ley General de Urbanismo y Construcciones no nace por invento o trabajo de “un ingeniero” al servicio de un gobierno militar, o dictadura, el año 1975. Este DFL N°458, D.O.13.4.1976 “Ley General de Urbanismo y Construcciones” recoge toda la legislación urbanística y de construcciones que comienza en Chile con la Ley N°4563 el año 1928, tras apreciarse la necesidad urgente de contar con normas constructivas para enfrentar los movimientos sísmicos, con ocasión del terremoto de Talca. Posteriormente, se creó una segunda Ley y su Ordenanza General, el D.F.L. N°345 de 20 de mayo de 1931, la cual se empezó a aplicar el25 de noviembre de 1936. Esta legislación se fue perfeccionando a través del tiempo, con la incorporación de nuevas normas y reglamentaciones que han tenido su expresión mediante los siguientes textos legales hasta el D.F.L. N°458/76: D.F.L N°224 “Ley general de Construcciones y urbanización”, D.O:5.8.53 / D.F.L. N°1.050 “Fija Texto Definitivo de D:F:L: N°224”, D.O. 9.7.60 / D.F.L. 880. M.O.P. “Fija Texto Definitivo de D.F.L. N°224”, D.O. 16.5.63 / D.F.L. N°458 “Ley General de Urbanismo y Construcción”, D.O. 13.4.76 Los profesionales que estuvieron a cargo de esta actualización y modificaciones introducidas fueron don AMADOR BRIEVA ALVARADO, Arquitecto, y don Lionel BASTIAS ROMO, Abogado. Ningún ingeniero. A mi juicio, desde 1980, bajo una nueva Carta Fundamental que define un Estado subsidiario, este D.F.L. N°458/76 ha sufrido muchísimas modificaciones que han ido asentando la “planificación con condiciones”, una planificación urbana y de construcciones liderada por la inversión privada, considerando el suelo un producto regido por las leyes del mercado financiero, que ha ido mermando la planificación como función privativa del Estado, y a un Estado garante de ésta, protegiendo el bien general o común. Y ha ido acabando con la seguridad jurídica de los IPT. Sobre su transgresión y no respetarla se ha hecho algo ya común. Fuentes. Reseña Histórica Ley General de urbanismo y Construcciones, Cuarta Edición actualizada al 30.VI.88. pág. 9. / “Breve Crónica de la Planificación en Chile”, Por Juan Parrochia B. , fecha 8.11.94, con referencia de “El Plan tridimensional de Ordenamiento Territorial” de Isabel Pavéz. Nota: al colegiarme el el Colegio de Arquitecto de Chile A.G. en 1983, me tocó el número de colegiado 4563,, lo que no puedo dejar de pensar ha sido premonitorio , por mi dedicación desde 1997 a defender, e ir perdiendo, la planificación urbana y el oficio de arquitecto.
Ricardo Figueroa | 25.12.2018
Obviamente la mayor parte de la sociedad respeta las leyes y Patricio Herman lo ha dicho varias veces. Si no fuera así entonces este país sería otro, con problemas mucho peores. Es misión del Minvu generar una LGUC y OGUC del siglo XXI que ayuden a mejorar nuestras ciudades: no podemos seguir con los parches que agregan o quitan incisos. Esas nuevas normas también deben lograr que los PRC se puedan aprobar en 2 años y no en 6 como ahora ocurre. Aquellos que incumplan las normas deben ser castigados duramente porque nuestra mentalidad de tercer mundo no reacciona de otra forma. Por suerte se hizo un avance con la reciente modificación del Código Penal que endurece los castigos que antes eran simbólicos (parecidos a las clases de ética). Con eso la CGR y el CDE ahora tienen herramientas más efectivas para perseguir y sancionar a esa minoría que hace trampa, tanto del sector público como del privado: tiemblen corruptos , los estamos vigilando y no dejaremos que sigan aprovechándose de las falencias de nuestro sistema
Felix del Pino | 24.12.2018
Bueno la verdad es que si vamos a hablar de urbanismo y la ley de Urbanismo y Construcción y pretendemos regir el crecimiento de un país por una ley que hizo un Ingeniero y que no registra historia de la Ley,por el gobierno que había en ese año 1975, estaríamos liquidados...Nadie cumple con esa ley porque es una mala ley. Lo demas , todo lo demás , la corrupción y todo eso nace justamente porque para conseguir algo y humanizarla se requiere cualquier artilugio. Todo lo demás es música.
JUAN PABLO VIGNEAUX BRAVO | 22.12.2018
Pero, se legisla en sentido contrario, para favorecer la iniciativa privada y cada vez menos poder a las instituciones u organismos del Estado. Creemos que se ha equivocado Patricio Herman al acusar al Municipio de Las Condes por sus actuaciones o Resoluciones de 2018 , Estimo no ha considerado la ley N°20.958/2016 de Aportes al Espacio Público que ha facilitado las modificaciones a los Planos Reguladores Comunales, precisamente pagando un valor por los impactos al espacio público se puede liberar de una “afectación de utilidad pública” en un terreno propio, se puede permutar al Municipio por otro terreno, se puede pagar con estudios de impacto, etc., y todo esto permite agilizar modificaciones a los Planes Reguladores, facilitar la inversión. Esto ha quedado validado para todas las comunas [3] . Nada hay que agradecer por esta ley en materias de seguridad jurídica y participación ciudadana en los Planes Reguladores Comunales.. No hay un largo plazo, con horizontes mayores a 10 años. No ha considerado esta Ley la realidad de los municipios sin equipos profesionales y/o técnicos, ni presupuesto, para poder cumplir con este artículo. Tampoco vemos cómo se puede garantizar una “seguridad jurídica” para proyectos de mediano y largo plazo, incluso de corto plazo. Entendemos que esta Ley 20.958 vuelve a restablecer el derecho de propiedad privada por sobre lo que es bien común, dejando debilitada mortalmente la imprescriptibilidad de las “afectaciones a utilidad pública” definidas en los Planes Reguladores por Ley 20.791 /2014 Modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones en Materia de Afectaciones de Utilidad Pública de los Planes Reguladores ( ley que Derogó la Ley 19.939/2004, Modifica el Artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con el Objeto de Establecer la Caducidad de la Declaratoria de Utilidad Pública Contenida en los Planes Reguladores.) También esta Ley ha acortado el tiempo pata pronunciarse en el control de la legalidad del sector público, y, sin pronunciamiento, se aprueba el proyecto o propuesta. Hoy tenemos una planificación EXPRÉS, y se persigue dar todo tipo de facilidades para los Permisos de Edificación sean Exprés, y hacer crecer la inversión, los índices de crecimiento económico. 3] “(…) 5) Agréganse al artículo 1.1.2. en el orden alfabético que corresponda los siguientes vocablos: "Aportes al Espacio Público": Cantidad equivalente al avalúo fiscal del porcentaje de terreno a ceder a la municipalidad respectiva que deba pagarse en dinero para reemplazar las cesiones que exige el artículo 70 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, o materializarse en la ejecución de estudios, proyectos, obras y medidas que tengan un valor equivalente al del aporte en dinero, en los términos establecidos en el artículo 179 de dicha ley. / D. N°14 MINVU , D.O 22.02.2018,
JUAN PABLO VIGNEAUX BRAVO | 22.12.2018
Estimando que la labor de fiscalización de las actividades y cumplimiento del Estado de Derecho por parte de los actores públicos y privados en todo sector de la economía es una obligación constitucional del Estado. En el sector económico de la construcción, es la Contraloría General de la República la encargada de ejercer una fiscalización a las Resoluciones o Decretos Alcaldicios de Seremis y/o Municipalidades, en materias de Planos Reguladores Comunales y Permisos de Edificación. Lamentablemente, puede hacerlo sólo de existir una denuncia, ya que no tiene atribuciones para contralorías previas, ni de conveniencia y/o resultados. Es ya un imperativo de bien general, ineludible, el que los políticos y Gobierno de turno modifiquen la Ley 10.336 Organización y Atribuciones de la Constitucional General de la República, ley publicada D.O. de10/JUL/1964, modificada por leyes posteriores, como la Ley 19.817 de D.O.26/JUL/2002, no es una ley que la remite a 1942, antigua y obsoleta como acusa El Mercurio en su Editorial del 18/12/2018. Se le debe otorgar a la Contraloría General mayores atribuciones, mayor independencia del Ejecutivo [1], y mayor presupuesto Si la Contraloría General ha dictaminado existen graves problemas de legalidad con los Planos Regulador Comunales de las comunas de más altos ingresos de Chile (Las Condes, Vitacura, Providencia, etc.), y con el mayor número de profesionales calificados contratados en sus Direcciones de Obras y Secretarías de Planificación, qué podemos esperar de comunas más pobres. [2] Consideren el sector político, Legislativo y Ejecutivo, que los Planos Reguladores Comunales deben ser objeto de toma de razón por la Contraloría General de la república para un control de su legalidad mucho más riguroso, para brindar mayor seguridad jurídica al sector construcción.. [1] Hoy, por fallo de la Corte Suprema, el Contralor no puede remover a la Subcontralora de su cargo, que es un cargo de su absoluta confianza, debe hacerlo el Presidente de la República. Esto significa menos independencia para fiscalizar a Gobiernos de turno [2] Se promulgan y aprueben sin ajustarse a todo lo que es el Derecho urbanístico, medioambiental, estudios de impacto en el transporte urbano (EISTU), etc. Muchas veces se obtiene el “Informe favorable” de la Seremi porque prescribe el plazo obtenido por el Municipio, mediante Decreto Alcaldicio, para no otorgar Permisos de Edificación en zonas que deben regirse por nueva norma de edificación, y, ante ésto, y existiendo además afinidad política entre Gobierno y Alcalde,, se aprueban, aun no cumpliendo con lo que debe y es exigible
Patricio Herman | 21.12.2018
Respondo al anónimo A Nuestra fundación tiene un rol fiscalizador y por ello denuncia. No somos promotores de proyectos inmobiliarios y hablamos a cara descubierta. Se nos dice que "bloqueamos obras" y le contesto a la persona que esconde su identidad que no tenemos la capacidad legal de paralizar ningún proyecto, pero sí tenemos la voluntad irrenunciable de atacar fundadamente la corrupción existente en Chile. Esa lacra otros la toleran y otros tantos la aceptan corporativamente .
A | 20.12.2018
Sea por las razones que expone Herman o por las que invoca la CCHC la incerteza de la normativa de construcción (y sus infinitas interpretaciones) si existe y no permite a nadie trabajar con claridad ni desarrollar ciudades mejores. Me parece que esta confrontación debe ser superada por la colaboración. No tiene sentido que un organismo sin la calificación técnica necesaria, la Contraloría, decida las normas urbanísticas. como sugiere Herman. La fundación Defendamos la Ciudad sólo denuncia irregularidades que bloquean obras pero no propone nada para solucionar los temas de fondo y mejorar nuestro desarrollo urbano, una pena! Nos presenta un mundo de irregularidades y corrupción como si todos los funcionarios públicos y profesionales del ámbito fuéramos unos desalmados (excepto la CGR que extrañamente está libre de este mal). Hay corrupción y malas prácticas?,Si que las hay! Pero la gran mayoría de los que intervenimos en este rubro somos personas que intentamos aportar a una mejor calidad de vida en nuestras ciudades. Los ciudadanos no se benefician con artículos como este. Repito, una pena!!!
sebastián marcelo | 19.12.2018
Entonces, los dueños de empresas que mantienen monopolio comercial en Chile conspiran a nivel de DOM para crear monopolio inmobiliario inventándose leyes especiales tanto en nivel alcaldicio como en el Congreso, para multiplicar la valoración de su capital y desarrollar proyectos con reglas solo para ellos. Luego ustedes los acusan a Contraloría y no hay consecuencias de ningún tipo, obviamente. Y dicen que en Chile no hay corrupción. Para qué participar en ese mercado si está todo arreglado con beneficios inobtenibles para quienes no pertenecerán a esa cofradía, ya que al parecer se accede desde el nacimiento. Incluso, para qué darse la molestia de investigar nada, o demandar siquiera. Faltan más documentos de prueba, infografías de relaciones, etc.
Luis | 18.12.2018
Fuentes? Documentos? Lo único que veo es una narrativa de anécdotas sin ningún respaldo.
Mariana | 18.12.2018
Basicamente este articulo es un Publirreportaje. No aparece ningun espacio a que las personas supuestamente involucradas puedan defenderse. Tampoco estan los documentos ofrecidos. El ego de Herman no tiene limites.
Chantal de Rementería | 18.12.2018
Muchas gracias Defendamos la Ciudad , reconforta tan buen trabajo y la difusión de Ciper
javier | 18.12.2018
Ahora se entiende mejor la editorial de El Mercurio de hoy 18 de diciembre, pidiendo "Ajustes a Contraloría". Sin duda, los intereses de la construcción están detrás de esas voluntariosas líneas.
s | 18.12.2018
Y los documentos?
Carlos Frias | 18.12.2018
Cuidado con las publicaciones de este señor. Se solaza falseando y denostando a los agentes inmobiliario. Por el q todos viviéramos en rucas o chozas.
Alex | 17.12.2018
Muy buen articulo de como se estan corrompiendo las normativas que regulan la construcción, ojala las autoridades tomen carta en el asunto y se castigue a los responsables, ojala que el señor dinero no siga corrompiendo
Icono de noticia

¿Algo que agregar?

Debe contener sólo valores alfabéticos
Debe llenar este campo con un e-mail válido
Revise los campos nuevamente
icono financia
¿Cómo se financia CIPER?
Ver informes de ingresos
icono apoyo
¿Cómo apoyar a CIPER?
Conoce las opciones
icono principios
Principios de CIPER
Lo que nos mueve
icono directorio
Directorio Fundación CIPER
Nuestro directorio
icono equipo
Equipo CIPER
Conócenos
icono investigacion
Investigaciones
con impacto
Revísalas
icono premios
Premios obtenidos
Ver premios
icono trofeo
Libros CIPER
Conócelos
icono trofeo
Enviar cartas y columnas
Revisa las opciones