Causas involucran a Fundación para Superación de la Pobreza y Hogar de Cristo
Programa pro-empleo del gobierno termina en juicios para desaforar a trabajadoras embarazadas
08.02.2012
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Causas involucran a Fundación para Superación de la Pobreza y Hogar de Cristo
08.02.2012
En 2009 el programa de capacitación y empleo “Servicios Comunitarios” fue tan bien evaluado por la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda que quedó entre los diez mejores planes sociales del gobierno. Se alababa su alto impacto en comunidades vulnerables por la exitosa reinserción laboral de mujeres desempleadas, las que eran capacitadas en un oficio que podían desempeñar en sus propios barrios. Las mujeres eran contratadas a plazo fijo, por un semestre, con fondos gubernamentales. En ese período aprendían a cuidar ancianos, adultos discapacitados y niños, entre otros oficios.
Dos años después, en 2011, el programa se cerró. Y lo que en su minuto fue una “joya” de los planes sociales, terminó involucrando a prestigiadas instituciones que promueven los derechos de personas vulnerables -como la Fundación para la Superación de la Pobreza y el Hogar de Cristo- en denuncias por despidos de trabajadoras embarazadas.
El programa “Servicios Comunitarios” llegó a tener casi 12 mil contrataciones con una cobertura que abarcaba 33 comunas en las regiones Metropolitana, del Bio bío y Valparaíso. Para ejecutar el plan, la Subsecretaría del Trabajo destinaba fondos que eran entregados a la Fundación para la Superación de la Pobreza (FSP), la que generaba los puestos de trabajo en los que eran capacitadas las mujeres. Una fórmula probada en países como España y Francia. En 2009 esos fondos sumaron $2.205 millones, según cifras difundidas por la FSP.
Con los dineros aportados por la subsecretaría, la FSP pagaba los sueldos de las trabajadoras, las que accedían a puestos de empleo que duraban seis meses -con uno de capacitación- abiertos por instituciones asociadas a la Fundación, como el Hogar de Cristo, el Centro de Profesionales Para la Acción Comunitaria (Ceppac), el Servicio para el Desarrollo de los Jóvenes (Sedej), el Programa Interdisciplinario de Investigaciones en Educación (PIIE), el Servicio de Salud de Talcahuano y la Municipalidad de Peñalolén, entre otras entidades. Las trabajadoras cumplían turnos de seis horas de lunes a viernes.
Tras el advenimiento del actual gobierno, todo se desencajó. En 2010 la Subsecretaría del Trabajo puso fin al financiamiento del programa y en mayo de 2011 el plan se cerró de manera definitiva. En esas fechas se cumplió el último ciclo de trabajo de seis meses y ya no hubo nuevos cupos.
Teóricamente, las últimas trabajadoras cumplirían su contrato a plazo fijo y el programa sencillamente se extinguiría. De esa forma, los empleadores no quedarían con obligaciones laborales pendientes hacia las mujeres. Debía ser un cierre ordenado y sin sobresaltos. Pero no fue así. A los técnicos del Ministerio del Trabajo que ordenaron el cierre del programa se les escapó un detalle: el pago a las trabajadoras embarazadas, protegidas por el fuero maternal.
Cuando el programa estaba vigente, si una trabajadora quedaba embarazada automáticamente se le contrataba en el ciclo laboral siguiente por otros seis meses, a objeto de respetar su fuero. Aún así, antes del cierre del plan hubo cinco trabajadoras que demandaron a la FSP dentro de su período de fuero.
Para las que se embarazaron en el último grupo, no hubo extensión del empleo. Esto originó 11 causas en la justicia laboral en las que la FSP demandó a mujeres por desafuero, pues no aceptaron poner fin al vínculo laboral de manera voluntaria. Sólo una de las trabajadoras obtuvo un fallo favorable. Otras trabajadoras embarazadas llegaron a acuerdo con la Fundación y, aunque hicieron la denuncia en la Inspección del Trabajo, su caso no llegó a tribunales.
En total, fueron 16 las trabajadoras que enfrentaron procesos judiciales (11 demandadas por la FSP y cinco como demandantes) a lo largo de todo el programa.
En el mundo de las ONG dedicadas a atender comunidades vulnerables, el tema fue un escándalo. Nada menos que instituciones como la Fundación para la Superación de la Pobreza y el Hogar de Cristo estaban envueltos en juicios por despido de mujeres que contaban con fuero maternal.
CIPER entrevistó a seis de las mujeres que trabajaron en el último ciclo del programa y que quedaron embarazadas. Tres de ellas pidieron la reserva de sus nombres. Las otras tres son Rosa Pino (25 años), Susana Fuentes (35) y Mirian Navarrete (40). Todas participaron en programas para el Cuidado del Adulto Mayor en sus comunas. Rosa lo hizo a través del Hogar de Cristo en San Bernardo. Susana y Mirian en la comuna de El Bosque, por medio de una ONG.
De acuerdo con los registros de la Dirección del Trabajo, al término del último ciclo de contratos, en mayo de 2011, la mayoría de las mujeres embarazadas dio aviso a esa repartición. Fueron inspectores de esa institución los que inicialmente pidieron a la FSP que las reintegrara, debido al fuero maternal que las protegía. Así se había hecho en los años anteriores, cuando la Fundación incluía automáticamente a las embarazadas en un nuevo ciclo del programa. Pero en 2011 la situación fue muy distinta.
Todas las trabajadoras entrevistadas recuerdan el programa “Servicios Comunitarios” como una excelente experiencia, en lo laboral y personal. Pero también coinciden en calificar como complejo y desafortunado el término de contrato.
-Luego de la capacitación que duraba un mes con una enfermera, se comenzaba a trabajar con los viejitos. En diciembre yo quedé embarazada y en enero di aviso a mi supervisora, la que incluso llamó frente a mí a una persona de la Fundación. Desde allá le dijeron que no me preocupara, que me reintegrarían apenas se terminara el programa. Por eso, apenas terminó el plazo, en marzo, fui a la Inspección del Trabajo -cuenta Rosa Pino.
En mayo, cuenta, la comenzaron a llamar desde la FSP para que firmara el finiquito: “Yo lo firmé en la Fundación, pero muy presionada”, dice. Las presiones que relata fueron corroboradas por las restantes entrevistadas.
-Me dijeron que no había plata, que tenía que firmar, que si no lo hacía me iban a demandar y que ellos iban a ganar igual. Después me llevaron a una notaría en ese mismo momento y mi papá me dijo por teléfono que no firmara. Así que la firma no sería legal. Me demandaron. Me desilusioné mucho, porque incluso dijeron que yo no había avisado. Mintieron en varias cosas. Juan Pablo Díaz, por ejemplo, el jefe de Remuneraciones (de la FSP), dijo que yo ya no trabajaba para ellos. Lo bueno es que yo tenía todos los papeles -cuenta Rosa Pino.
Rosa fue la única que ganó su juicio. Recibió un dinero de finiquito e indemnización. CIPER constató que hubo otros casos en que la FSP terminó entregando una suma importante de dinero, equivalente al periodo de fuero -entre $1,5 millón y dos millones de pesos-, luego de llegar a un convenio con las trabajadoras. Pero también se dieron situaciones como la de Susana Fuentes, que sólo recibió un cheque por $530 mil. Ella afirma que lo aceptó porque se sintió “presionada” por los llamados que recibió de la Fundación en mayo y debido a su precaria situación económica:
-Firmé cuando me lo pidieron. Recibí varias llamadas de la Fundación, como cuatro en una mañana. Ese día fuimos con la Mirian (Navarrete). Yo necesitaba la plata, no como mi amiga Mirian, que pudo esperar. Ella se fue a juicio y aunque lo perdió, recibió otra cantidad mucho mejor. Yo fui al otro día a firmar y recibir el cheque por $530 mil. La persona que atendía llamó desde ahí a Juan Pablo Díaz y yo escuché lo que le decía: “Dile que reciba el cheque, si no vamos a ir a juicio y lo va a perder”. Yo les dije que podía hacer aseo ahí en la Fundación, que tenía muchos problemas económicos, que me dieran trabajo. Pero ellos sólo estaban preocupados de que firmara. No me quedaba otra. Imagínese, con cuatro hijos.
En siete de las causas, las trabajadoras fueron defendidas por abogados de la Corporación de Asistencia Judicial, dependiente del Ministerio de Justicia, en tribunales de Santiago, San Miguel y San Bernardo. Y aunque las defendió la misma institución, con idénticos casos y argumentos, los resultados fueron dispares. Rosa Pino dice haber sentido un gran respaldo de su abogado, Pablo Acuña, que a la postre resultó victorioso. Pero Mirian Navarrete cuenta que su defensora desde un principio le dijo que este era “un caso perdido”.
El director de la Corporación de Asistencia Judicial, Claudio Valdivia, explica que su entidad también considera un éxito lograr un acuerdo con la contraparte:
-La corporación presta servicios de asistencia jurídica y judicial gratuita con ciertos criterios de focalización. En la asistencia jurídica, por ejemplo, la remuneración (del defendido) no puede sobrepasar los $ 388 mil. Todos los que están bajo esa cantidad cuentan con nuestra defensa (…). Con respecto a los resultados, nosotros también consideramos exitoso cuando el juez lleva a las partes a un acuerdo. Por lo que podríamos decir que el 90% de nuestras defensas tiene un término exitoso.
Como lo corrobora Valdivia, en general el procedimiento terminó en un acuerdo. De las 11 demandas por desafuero interpuestas por la Fundación contra las mujeres y las otras cinco interpuestas por trabajadoras contra la FSP -por “despido injustificado” y “cobro por prestaciones”-, en su mayoría los jueces propiciaron el acuerdo, como se aprecia en los documentos de estas causas que se pueden revisar en la web del Poder Judicial.
En el caso de Rosa Pino, la única mujer que ganó su juicio, ella trabajaba para la FSP a través del Hogar de Cristo. La favoreció una cláusula del convenio entre esa institución y la FSP (ver recuadro), que consideraba expresamente la continuidad laboral de las mujeres con fuero maternal: “En el caso de que existan trabajadoras comunitarias que se acojan a la condición de fuero maternal, garantizar al momento del cierre de los servicios la colocación de estas personas en la institución socia o en su defecto otra institución, en la cual éstas puedan llevar a cabo las labores para las que originalmente han sido contratadas”.
Parte de la respuesta oficial de la FPS a CIPER, dice que el 99% de las trabajadoras eligieron la renuncia voluntaria: “Los 11 casos de los juicios por desafuero, corresponden a mujeres que no renunciaron voluntariamente, pues preferían completar el proceso judicial de desafuero. En esos casos se negociaron sumas mayores, dado que la Fundación tenía un plazo límite para cargar los arreglos al programa, con lo cual se optó en los juicios pendientes por pagar el tiempo restante de fuero e indemnizaciones por término de contrato cuando había operado un reintegro, por dos o más embarazos sucesivos”.
La misma respuesta enfatiza el contraste entre “el cierre exitoso de proceso para 1.400 personas versus las 11 que probablemente manifiestan un malestar contra el trato por parte de una persona, y que paradójicamente son las que asumieron el litigio. Creemos que es lo propio de quien cree tener un derecho que va más allá del que realmente le corresponde”.
Finalmentel la FPS defendió el rol de su jefe de Remuneraciones, Juan Pablo Díaz: “Durante su trabajo de más de dos años en el programa, gestionó más de seis mil contratos y finiquitos, y nunca tuvimos quejas o reclamos en su contra”.
En 2004, luego de la mala imagen que proyectaban los programas pro empleo por irregularidades detectadas en Lota, Coronel y la Quinta Región, el gobierno de Ricardo Lagos solicitó a la FSP que ejecutara un programa de inserción laboral con plazos fijos, que incluyera capacitación y asegurara un posterior impacto en la comunidad.
El programa se inició en 2005 y se basó en una propuesta que había entregado la misma Fundación a los candidatos presidenciales en 1999. El plan hacía mención a generar “segundos perceptores” de ingresos familiares, los que en su mayoría solían ser mujeres, y a considerar trabajos dentro de la comunidad. Ambos factores se presentaban como importantes gatilladores de “empleabilidad”.
-Pensábamos, entre muchas otras cosas, cómo lograr que personas discapacitadas, como los ancianos, por ejemplo, pudieran salir a tomarse un café, vivir algo distinto -dice Leonardo Moreno, director de la FSP.
En su última evaluación, hecha en 2009, se estableció que “Servicios Comunitarios” generaba condiciones efectivas de “empleabilidad” a través del desarrollo de un trabajo remunerado y la continuidad de estudios. Con una tasa de inserción laboral post-egreso de un 54% era un programa altamente apreciado por su impacto en el entorno y el posterior desarrollo laboral de las beneficiadas.
Sus objetivos eran, entre otros, entregar servicios de calidad, propender a la “empleabilidad”, complementar políticas públicas y fomentar la responsabilidad social y vocación de servicio público de los profesionales jóvenes de Servicio País, los que supervisaban, apoyaban y dirigían los trabajos, estableciendo reuniones semanales con las contratadas.
Para Verónica Monroy, directora social del Hogar de Cristo, el programa representaba una oportunidad de desarrollo por el impacto en la calidad de vida que los beneficiados experimentaban:
-La evaluación que tenemos es muy buena. La Fundación necesitaba lugares, destinos laborales, donde poder ubicar a las trabajadoras comunitarias y para el Hogar de Cristo fue un apoyo, un aporte muy importante. Además, estaba la asesoría del Servicio País, muy técnica, que se instalaba dentro de nuestra organización, fomentando metas como el hábito laboral o los horarios en las trabajadoras.
Con el ascenso de la Alianza al gobierno, las políticas de programas sociales fueron rebarajadas. Bajo el espíritu de profundizar la transparencia en el uso de lo recursos, la “concursabilidad” se convirtió en el principal eje para la elección de los programas que se aplicarían. Así, “Servicios Comunitarios”, que antes era “un caballito de batalla” por sus resultados, ahora sólo tenía la posibilidad de concursar a un fondo junto a otras instituciones.
Una fuente del Ministerio del Trabajo señaló a CIPER que, en ese contexto, el criterio imperante para elegir los programas fue “el precio”. Un programa caro, como “Servicios Comunitarios”, no fue privilegiado en la nueva política pública. La idea era bajar los costos, explicó el mismo funcionario.
A fines de diciembre pasado CIPER solicitó una respuesta del subsecretario de Trabajo, Bruno Baranda, para que explicara las razones del término de un programa social ranqueado entre los diez mejores por la Dirección de Presupuesto. También para que indicara cómo abordó el gobierno el problema de las demandas contra mujeres embarazadas por el cierre de un programa que financiaba su cartera. Baranda no concedió la entrevista. Tampoco lo hizo la ministra Evelyn Matthei, a quien se le solicitó en esas mismas fechas.
De manera informal, un funcionario que tramitó las solicitudes de CIPER dijo que las acciones ejercidas por un privado (en este caso, la Fundación) una vez que ha recibido los dineros del ministerio, son de su responsabilidad y no de la cartera. Agregó que si había un acuerdo entre privados (la FSP y el Hogar de Cristo) para dar continuidad laboral a mujeres embarazadas, correspondía a ellos hacerse cargo de los efectos de dicha cláusula.
Leonardo Moreno, director de la FSP, se defiende:
-Antes de la Reforma Procesal Laboral, cuando una mujer quedaba embarazada la insertábamos apenas se activaba el programa nuevamente. Porque, además, los procesos de desafuero eran tan largos que la reinsertábamos inmediatamente. Y en especial con el Hogar de Cristo, ya que su alcance e infraestructura es tan grande, que lo permite. Por ello establecimos esa cláusula en el convenio con ellos. Pero era sólo con las mujeres con desafuero, que pertenecían a un 20% de los beneficiados que seguían ligados al programa luego de los seis meses. No se quería reeditar por ningún motivo lo ocurrido en los antiguos programas pro empleo, donde en algunas regiones de abusó del ‘no empleo’. La idea era concluir, sí o sí, con el egreso (del beneficiado). Pero con mujeres embarazadas no teníamos problemas en reinsertarlas inmediatamente.
En el Hogar de Cristo afirman que a ellos incluso les convenía mantener a las mujeres en sus puestos de trabajo, ya que en programas como el del cuidado del adulto mayor es tanta la intensidad de la capacitación y su posterior implementación, que apenas se lograba un apresto.
-Sólo te puedo decir que el Hogar respeta el fuero maternal de sus trabajadoras, siempre. Pero es lamentable la presión que se ejerce a una institución que se ve obligada a pedir desafuero porque no tiene dinero en sus bolsillos -dice Verónica Monroy.
Moreno acusa una falta de experiencia del gobierno en políticas públicas: “No hay otro programa que dé trabajo, servicio a su comunidad y aumente la ‘empleabilidad’ al mismo tiempo. No creo que la política social se resuelva con subsidios, más bien se resuelve con trabajo. El Ingreso Ético Familiar no puede ser la única política social”.
La sentencia dictada por el magistrado Sebastián Bueno, juez titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, sienta un precedente. La gran mayoría de los jueces que vieron las causas por desafuero de trabajadoras del programa “Servicios Comunitarios”, apelaron a un acuerdo económico previo al fallo o acogieron la demanda de la FSP. Pero el juez Bueno, que vio el caso de Rosa Pino, no lo hizo.
Entre las razones que consideró, el magistrado Bueno tuvo en cuenta las garantías de las embarazadas, los antecedentes que daban la razón a la demandada en fechas y procedimientos y, como el fallo lo consigna, que resultaba difícil establecer en quién recae la responsabilidad por el cambio de políticas públicas para pagar el costo de un fuero:
-El nuevo ciclo (de trabajo en el programa) no empezó por decisión del Ministerio que, sin aviso, no perseveró en su celebración, como lo declararon testigos de la demandante, lo que incluso sorprendió a la Dirección de la Fundación, como declaró el absolvente Leonardo Moreno en estrados, quien incluso habló de un quiebre violento en dicha actividad. (…). Lo que sí es claro es que no puede reposar en el trabajador el pago del costo de decisiones que le son ajenas, menos aún en una trabajadora aforada -se lee en el fallo.
El magistrado Bueno argumentó ante CIPER que de las causas que ha fallado, el 10% corresponde a desafuero y que en un país donde la mayoría de las personas tienen contratos “a plazo” o “de obra o faena”, la Ley del Trabajo es una instancia destinada a la protección de quién no está en condiciones de negociar a la hora de hacerlo.
-Hay algunos que piensan que basta con constatar los elementos para dictaminar un fallo. Pero la otra manera es hacer un análisis del contexto, que vaya más allá. En este caso había una cláusula donde el empleador se había obligado con otro empleador (la FPS y el Hogar de Cristo) a mantener a la trabajadora -explica el juez.
Al revisar una solicitud de desafuero, el magistrado opina que debe tenerse en consideración que “esto es Derecho Laboral, no es Derecho Civil, y el análisis tiene que hacerse desde la disparidad entre el empleado y el empleador (…). Se trata de que se cumplan los compromisos que adquieren los poderosos, porque tal vez los que adquiere la otra parte (el trabajador), cuando lo hizo no tuvo la posibilidad de decir que no”.