Carta enviada por Matías Jorquiera, conservador interino de Cauquenes y respuesta de CIPER
08.09.2026
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08.09.2026
Mi nombre es Matías Tomás Jorquiera Sotomayor y escribo toda vez que el reportaje de CIPER del 31 de agosto de 2026, denominado “Corte de Talca sanciona a conservador Najle por emitir certificados que permitieron vender inmuebles embargados”, me menciona de una forma que no se ajusta a la verdad y que me ha causado un daño irreparable a mi honra. Ejerzo mi derecho de aclaración y rectificación conforme al artículo 16 de la Ley N.º 19.733, el cual reconoce el derecho a toda persona “ofendida o injustamente aludida” por un medio de comunicación social y obliga a difundir gratuitamente su aclaración o rectificación.
No puedo leer sin indignación la forma en que CIPER decidió mencionarme. Justo después de un relato extenso sobre certificados falsos, embargos ocultados y una investigación por lavado de dinero, el reportaje afirma que mi nombramiento como Conservador interino de Cauquenes “ya había sido cuestionado por depósitos de $3 millones mensuales realizados a su antecesor durante seis meses tras asumir”. Puesta ahí, en medio de hechos tan graves, esa frase no informa, sino que insinúa. Deja al lector con la idea de que esos pagos tienen algo sospechoso, algo que ver con cómo llegué al cargo, y esa idea es completamente falsa. A CIPER le habría bastado una sola pregunta para saberlo, y no la hizo.
Esos “depósitos” eran, sencillamente, el arriendo de la oficina donde funcionaba el Conservador de Bienes Raíces y Archivo Judicial de Cauquenes. El inmueble, ubicado en calle Victoria N.º 415-A, segundo piso, el cual es propiedad del señor Najle, y yo lo arrendé para poder ejercer el cargo, como consta en un contrato de arrendamiento debidamente autorizado. Tengo ese contrato, tengo el certificado de dominio vigente que acredita que el inmueble es del señor Najle, y tengo el respaldo de cada uno de los pagos mensuales. No hay nada oculto en esos $3 millones al mes, es la renta de una oficina, pagada puntualmente y sin vínculo alguno con mi nombramiento.
Lo que más me preocupa no es solamente que CIPER se haya equivocado, sino que tenía todo lo necesario para no equivocarse. El propio reportaje reconoce que yo ya había explicado públicamente el origen de esos pagos. Esa explicación está en El Mostrador desde el 16 de febrero de 2026, donde declaré, sin dejar espacio a dudas: “Descarto de manera categórica cualquier vínculo con actos irregulares o ilegales relacionados con la situación que actualmente lo afecta.” Ahí quedó claro, siete meses antes de este reportaje, que esos pagos correspondían al arriendo del inmueble comercial donde trabajaba. CIPER no solo conocía esa aclaración, además se comunicó conmigo directamente antes de publicar, y tuvo la oportunidad de preguntarme sobre el punto y reitero, no lo hizo.
El correo que me envió la periodista Catalina Olate para coordinar esta nota, lo deja en evidencia. Contiene cuatro preguntas: si apelaría la censura por escrito, por qué no denuncié las irregularidades que detecté, si sabía de una investigación penal en curso, y si tengo “algún tipo de relación” con el ministro suplente Álvaro Saavedra, quien votó por absolverme y que meses antes me dio uno de sus votos en una terna de notario. Ninguna de esas cuatro preguntas mencionó los pagos al señor Najle, aunque la periodista sabía de su existencia y aunque el reportaje terminaría destacándolos como si fueran sospechosos. En cambio, sí hubo espacio para preguntarme, sin ningún antecedente que lo justifique, si tenía una relación indebida con un ministro, la cual vuelvo a negar rotundamente. Me cuesta entender cómo un medio que dice guiarse por la imparcialidad y la neutralidad decide no preguntar sobre lo único que finalmente publicaría de forma insinuante, y en cambio dedica una de sus pocas preguntas a sugerir algo que nunca existió.
CIPER declara públicamente que su periodismo debe ser imparcial, independiente y neutral, presentando los antecedentes “de manera equilibrada” para que el público forme su propio juicio. En mi caso ocurrió lo contrario, omitiéndose la única pregunta pertinente, ya aclarada meses antes, y se instaló en su lugar una insinuación de sospecha. Eso contradice, en los hechos, los propios principios que CIPER dice defender.
Por eso pido, formalmente, que CIPER publique esta aclaración de manera íntegra y gratuita, conforme al artículo 19 de la Ley N.º 19.733, corrigiendo el párrafo sobre los depósitos y dejando establecido con claridad que esos pagos correspondían al arriendo documentado del inmueble donde funcionaba el Conservador de Bienes Raíces y Archivo Judicial de Cauquenes, hecho que puedo acreditar con el contrato, el certificado de dominio y los comprobantes de pago, y que además ya había sido aclarado públicamente por mí desde febrero de 2026. Pido que esta rectificación se publique como nota visible al comienzo del reportaje, íntegra, sin cortes, en la misma página y con un despliegue similar al de la información original, tal como exige la ley, sin renunciar a ninguna acción constitucional, civil o penal que pueda corresponderme por el daño causado a mi reputación y a mi honra.
Atentamente,
Matías Tomás Jorquiera Sotomayor
RESPUESTA DE CIPER
Matías Jorquiera, conservador de bienes raíces interino de Cauquenes, envió esta carta a CIPER reclamando el derecho a réplica establecido en La Ley 19.733. Esa norma consagró el derecho que tienen las personas que han sido injustamente aludidas en un artículo de prensa, para que se publique en el mismo medio su rectificación o aclaración. En este caso, la carta del señor Jorquiera, como queda de manifiesto tras su lectura, no rectifica ni aclara las informaciones del artículo, porque este último no contiene alusiones injustas ni datos erróneos. No obstante, CIPER publica la carta por el valor que damos en este medio a la libertad de expresión.
El abogado sostiene que el artículo de CIPER lo menciona “de una forma que no se ajusta a la verdad”. Eso no es correcto. El artículo señala que su nombramiento como conservador interino había sido cuestionado, en una publicación de El Mostrador, por depositar $3 millones mensuales a su antecesor durante seis meses. Y, a continuación, en el mismo párrafo, el texto de CIPER expone que Jorquiera respondió a ese mismo medio de comunicación que esas transferencias correspondían a pagos por arriendos. Ambos hechos, el cuestionamiento y la respuesta con la versión de Jorquiera, efectivamente ocurrieron, por lo que no se entiende qué es lo que el abogado considera que no se ajusta a la verdad.
De la lectura de la carta se desprende que aquello que cuestiona no es la veracidad de los hechos, sino el orden en que estos se exponen en el artículo de CIPER. En efecto, su reclamo apunta a que esta información se incorporó al texto después de un relato sobre certificados falsos e investigación de lavado de activos. Efectivamente, estos últimos puntos son los más relevantes desde el punto de vista del valor noticioso de los datos, un criterio universal para ordenar los artículos periodísticos informativos. Es por esta razón que, cumpliendo con los criterios técnicos para jerarquizar la información en una entrega periodística, la mención de su nombre está en el octavo párrafo del texto. Y esta mención también cumple con los criterios éticos, pues de inmediato se incluyó la versión del propio Jorquiera sobre los pagos.
El otro reclamo que hace es acerca de las preguntas realizadas al ser contactado. No se le consultó por los pagos a Najle, porque, precisamente, él ya había respondido públicamente sobre este tema. En todo caso, en el ejercicio periodístico que realiza desde hace 19 años, CIPER no concede espacio para que una fuente pretenda determinar las preguntas que los periodistas de este medio decidan hacer o no para la elaboración de sus reportajes.
Paulina Toro
Editora de CIPER