TRIBUNAL DICE QUE NO SE ACREDITÓ DOLO Y QUE LA ACCIÓN DEL POLICÍA FUE PROPORCIONAL A LAS AGRESIONES
Tribunal absuelve al exoficial Claudio Crespo pero confirma que disparó a Gustavo Gatica
13.01.2026
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TRIBUNAL DICE QUE NO SE ACREDITÓ DOLO Y QUE LA ACCIÓN DEL POLICÍA FUE PROPORCIONAL A LAS AGRESIONES
13.01.2026
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago determinó que el exoficial de Carabineros fue quien provocó las graves lesiones oculares que afectaron a Gatica el 8 de noviembre de 2019. Pero, al mismo tiempo, lo absolvió de la acusación por apremios ilegítimos al considerar que actuó en legítima defensa, aplicando retroactivamente la Ley Naín-Retamal, y de manera proporcional frente a los ataques registrados durante esa jornada. La sentencia estableció que Crespo utilizó la escopeta antidisturbios ajustándose a la regulación interna vigente, la que no establecía con claridad un ángulo de disparo estandarizado ni una distancia mínima obligatoria. Además, consideró que las pruebas presentadas por el Ministerio Público no permitieron acreditar que Crespo actuó con la intención de castigar a los manifestantes.
Créditos imagen de portada: Sebastián Beltrán Gaete / Agencia Uno
Tras seis años de investigación, los jueces del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal absolvieron este martes al exoficial de Carabineros, Claudio Crespo, de la acusación de apremios ilegítimos que provocaron las lesiones graves que dejaron ciego a Gustavo Gatica el 8 de noviembre de 2019. En la sentencia se aplicó retroactivamente la Ley Naín-Retamal y se consideró que el exteniente coronel actuó en legítima defensa. Además, se estableció que Crespo utilizó la escopeta antidisturbios en base a la normativa institucional y de manera proporcional a los ataques que aquel día enfrentó su unidad. También consideraron que las pruebas presentadas por el Ministerio Público no permitieron precisar si el ángulo de disparo de Crespo tuvo como objetivo impactar el rostro de Gatica u otro manifestante.
Los jueces Cristina Cabello, René Bonnemaison y Carolina Herrera consideraron que la secuencia de video presentada por el Ministerio Público permite concluir que Crespo fue el autor de los disparos que lesionaron gravemente a Gatica, y que las acciones del exoficial se enmarcaron durante una de las jornadas más violentas del estallido social. Los magistrados apuntaron que, entre las 17.00 y 19.00 horas del 9 de noviembre de 2019, las fuerzas especiales de Carabineros tuvieron dificultades para afrontar los ataques de la denominada primera línea, y que los funcionarios policiales actuaron de acuerdo con los principios de uso progresivo y proporcional de la fuerza para recuperar el orden público.
Así, por ejemplo, lo señaló la jueza Cabello: “La prueba demostró que el personal (de Carabineros) empleó la fuerza de manera gradual durante toda la jornada, agotando sistemáticamente los medios menos lesivos antes de recurrir a la escopeta. Este contraste con la conducta ofensiva, agresiva y progresivamente más violenta en los manifestantes”.
En su veredicto, los jueces concluyeron que el exoficial Crespo actuó en legítima defensa y que el uso de la escopeta antidisturbios se ajustó a la normativa interna de Carabineros. Según el tribunal, esta regulación interna no establecía con claridad un ángulo de disparo estandarizado ni una distancia mínima obligatoria.
Uno de los argumentos esgrimidos por la magistrada Cabello para concluir que Crespo actuó en legítima defensa fue que Gustavo Gatica aparece registrado en dos videos “lanzando objetos contundentes hacia los funcionarios momentos previos a su lesión”, y “que al momento de resultar herido, portaba una piedra en su mano derecha que razonablemente estaba destinada a ser arrojada”.
Además, el tribunal cuestionó los peritajes presentados por el Ministerio Público para sostener que Crespo actuó al margen de la normativa y con la intención de castigar a los manifestantes. Los jueces determinaron que dichas pericias no permiten establecer si el exoficial dirigió el disparo hacia el tercio superior del cuerpo de los manifestantes. El próximo 13 de mayo se entregará el texto final del veredicto.