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José Ignacio Mansilla | 12.01.2026
Profesor Wilckens: No es necesario citar a Habermas para comprender que el valor de los DDHH (sobre todo los de primera generación) son prioritarios, no solo deóntologicamente hablando (es decir, como principios) sino que también consecuentalistamente halando, en relación al principio de no injerencia a la soberanía que dicta el derecho internacional, si se vulneran los DDHH en algún país (independientemente de la justificación que esboce el país invasor para invadir al país corruptor). La razón de esto es simple: Arguyendo cláusulas del derecho internacional, el cual se funda en la filosofía liberal por cierto, no se puede justificar la vulneración de DDHH (o derechos fundamentales) porque la vulneración de los mismos quiebra, justamente, la razón misma del derecho internacional. No olvidemos que los DDHH son la consecuencia de los Derechos Políticos y Civiles (en principio ideados por Locke) que, en su fundamento último, está el respeto irrestricto por parte de los Estados a las libertades de los ciudadanos dentro de un régimen liberal. En otras palabras, no se puede entender el derecho internacional, sin concebir repúblicas democráticas liberales o monarquías liberales como regímenes de facto en los distintos países. O, expresado de otra forma, el único régimen que hace posible el respeto de los DDHH es un régimen liberal, y es en base a él donde el derecho internacional se funda. En este sentido, está claro que una invasión de un país a otro no es la mejor manera de erradicar una dictadura criminal. Pero dado que la diplomacia no funcionó, el derecho internacional, como ya advertí, no puede ser excusa para permitir atropellos a las libertades de los ciudadanos de un determinado país. Dicho esto, entonces resulta comprensible y razonable toda intromisión. Pues, solo hace falta hacer un cálculo simple para dirimir que el valor de las libertades y de la vida de los ciudadanos de un país es infinitamente superior a la soberanía arrebatada por el caudillo del mismo. Por lo tanto, y es con base a esta argumentación, que la invasión de EEUU se justifica. Ahora bien, lo que NO se justifica, es que luego de la acción estadounidense, este se apropie del país invadido (cosa que no ocurrirá) o que este (e país invasor) deje a la intemperie a los ciudadanos de un país que está destruido por culpa de la ocupación ilegal del propio caudillo. Pues, en ambos casos, el país invasor estaría vulnerado los DDHH del país invadido. En síntesis: Solo en países dónde se respetan los DDHH (de primera generación) es posible aplicar consecuentemente el derecho internacional, ya que si esto no fuese así, el derecho internacional sería una excusa para el atropello de los DDHH. ¿No le parece esto lógico, profesor Wilkens? Saludos cordiales,
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