Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: una fuente de lucro en el sistema previsional
30.07.2025
Hoy nuestra principal fuente de financiamiento son nuestros socios. ¡ÚNETE a la Comunidad +CIPER!
30.07.2025
La investigadora autora de esta columna detalla el origen y avance del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, el cual no fue modificado en la Reforma de Pensiones. Cuestiona el lucro asociado a este y sostiene que “no es indiferente que una parte de la seguridad social esté en manos de compañías privadas que buscan maximizar su beneficio a costa de los ahorros de la clase trabajadora. Aunque hoy está más regulado que en su origen, sigue reportando cuantiosas ganancias a empresas privadas y, en la práctica, la Reforma de Pensiones no afecta sustantivamente su forma de operar, manteniendo la lógica de negocio en áreas donde deberían imperar los principios de la seguridad social”.
Imagen de portada: Pablo Rojas / Agencia Uno
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) es un ejemplo emblemático de cómo la seguridad social en Chile fue transformada en un negocio millonario para los grandes grupos económicos. Durante la década de 1980, y con la activa complicidad de la dictadura, se les cobró a los/as trabajadores/as una serie de comisiones excesivas, mientras que a los dueños de las AFP se les permitió participar directamente en el negocio de la cobertura previsional en caso de invalidez o fallecimiento a través de las Compañías de Seguros de Vida pertenecientes a sus mismos grupos económicos.
Esta columna expone el origen del SIS, las reformas que ha experimentado y su consolidación como una fuente rentable de utilidades para las Compañías de Seguros de Vida, que no fue modificada sustancialmente por la última Reforma de Pensiones del 2025.
Para comprender el origen de este negocio es necesario retroceder a 1972, cuando un grupo de economistas conocidos como los Chicago Boys comenzó a escribir “El Ladrillo”, un texto que proponía políticas económicas de liberalización que cualquier gobierno pudiera aplicar. Semanas después de finalizada su redacción, tuvo lugar el golpe de Estado que inició la dictadura civil-militar. El régimen ya contaba con este programa elaborado por “especialistas”, quienes más tarde ocuparían altos cargos en el Estado y en grandes conglomerados económicos, rotándose entre funciones de reguladores y regulados, con reformas de la época hechas a su medida.
“El Ladrillo” describía con claridad el sistema de capitalización individual que se instauró en 1981 con el poder ilegítimo de la dictadura. Dentro de su funcionamiento se incluyó un seguro de vida o de imposibilidad física, que se concretó con el nombre de Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, y pasaría a ser uno de los nichos de negocio del sistema.
Este seguro debe ser contratado por las AFP para las personas afiliadas, para cubrir el riesgo de fallecimiento o discapacidad durante la vida laboral. El SIS cubre un aporte adicional para financiar el monto de las pensiones de sobrevivencia o invalidez (total o parcial) cuando el saldo en la cuenta individual es insuficiente. Según los últimos datos de la Superintendencia de Pensiones (2025), a diciembre de 2023, cerca del 63% de las personas afiliadas se encontraban cubiertas por el SIS, mientras que la tasa de cobertura al momento de un siniestro de invalidez y fallecimiento alcanzó, en promedio, un 48% y 45%, respectivamente.
En los inicios del sistema, el SIS era descontado de la remuneración imponible de los/as trabajadores/as. Actualmente se descuenta sólo a las personas que trabajan de manera independiente o son afiliadas voluntarias, ya que en el caso de trabajadores/as dependientes el seguro es financiado por los empleadores.
Con la creación del SIS en la década de los 80, se identificaron dos grandes problemas: primero, que no existían límites para las condiciones en las que las AFP contrataban los seguros y, segundo, que las comisiones que cobraban eran excesivas.
Puesto que no existían límites para la contratación, se comenzaron a generar prácticas en las que empresas del mismo holding participaron en distintas partes del negocio, ya que las AFP contrataban el SIS con las Compañías de Seguros de Vida pertenecientes a su mismo grupo económico. Ejemplo de ello en la década de los 80 fue el caso de las AFP Provida y Alameda, que en ese momento eran propiedad del grupo Cruzat-Larraín y contrataban el SIS con Consorcio Nacional de Seguros, parte del mismo conglomerado empresarial. De forma más reciente, la AFP Cuprum, entonces controlada por el grupo Penta, negoció el SIS con ISE Compañía de Seguros Las Américas y luego con Penta Compañía de Seguros de Vida. Ambas aseguradoras también formaban parte del mismo grupo económico.
Por otra parte, entre 1981 y 1987, el sistema de pensiones llegó a cobrar hasta cuatro tipos de comisiones: (1) una comisión porcentual anual para los gastos de mantención del saldo en cuentas individuales; (2) una comisión mensual fija por mantención de saldo; (3) una comisión fija por cotización, que reemplazaba a las comisiones precedentes, y (4) una comisión adicional porcentual mensual para financiar el SIS, que en 1987 alcanzó el 3,41% de la remuneración imponible.
La Superintendencia de Pensiones intervino ante este escenario de irregularidades y abusos permitidos por el diseño del sistema de AFP. Desde 1988 simplificó y reguló el cobro de las comisiones y desde el 2009 instruyó a las AFP licitar las contrataciones de seguros. Bajo esta nueva modalidad, cada AFP adjudicaría el SIS a las mejores ofertas económicas que presentaran las Compañías de Seguros de Vida, pudiendo adjudicarse a más de una para evitar una concentración excesiva y cubrir la totalidad del riesgo de invalidez y sobrevivencia en distintos segmentos de la población.
El proceso de licitación del SIS ocurre generalmente cada dos años y se licitan fracciones de hombres y mujeres. El precio que se paga a la aseguradora a cambio de la cobertura recibe el nombre de prima, la cual difiere según sexo. Las mujeres suelen tener primas menores a las de los hombres y esta diferencia se abona a los fondos de la cuenta de capitalización individual de la trabajadora. Las AFP deben transferir la cotización destinada al financiamiento del SIS a las compañías que se adjudican la licitación.
Con el impacto de la pandemia sobre los riesgos de accidentes y fallecimiento, desde el 2020 las licitaciones comenzaron a incorporar vigencias de 12 y 24 meses, mientras que las primas podían ser reajustadas según los niveles de siniestralidad. A julio del 2025, la tasa es del 1,78% y se reajusta de forma trimestral.
Estos cambios permitieron, efectivamente, disminuir los montos de las comisiones e inyectar competencia al sistema, pero la evidencia muestra que actualmente los grandes grupos económicos siguen beneficiándose de este nicho de negocio. Según los datos del estudio “¿Quién es quién en el negocio de las AFP y Compañías de seguros?” de la Fundación SOL (2023), en 2022 más del 80% del mercado era dominado por las Compañías de Seguros de Vida Penta, 4 Life, Confuturo, Consorcio Nacional y Zurich.
Con la reciente Reforma de Pensiones existía la posibilidad de cambiar las reglas de este lucrativo negocio. Según lo que se conoce, el actual SIS pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social y, desde agosto de 2026, será financiado por el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), a través de la cotización de los empleadores del 2,5% del sueldo imponible. El administrador del FAPP estaría a cargo de las licitaciones, recaudar las cotizaciones, pagar la prima del SIS a las compañías adjudicatarias, y transferir los recursos correspondientes a las diferencias por el sexo de las personas afiliadas, mientras que la gestión del SIS seguirá en manos de las AFP. Esto no representa cambios estructurales derivados de la Reforma Previsional.
Aunque el ministro de Hacienda, Mario Marcel, señaló que el SIS no tiene problemas de sostenibilidad y por esta razón no tuvo cambios, a nuestro parecer, el problema de este seguro es el lucro que se genera en una importante arista de la seguridad social.
Considerando la tasa actual del SIS, se estima que la magnitud del negocio para el 2025 superaría los US$1.700 millones. Esto es equivalente a pagar más de 601 mil PGU mensuales en un año completo.
El informe de la Comisión Especial Investigadora sobre la concesión y denegación de pensiones de invalidez y sobrevivencia entre el 2008 y 2018 reveló que existieron irregularidades en el funcionamiento del sistema, ya que se limitó el acceso de los afiliados a los beneficios del seguro. Las AFP Cuprum, Provida y Capital fueron sancionadas por esta práctica, cuyo daño a las personas afiliadas y beneficios económicos para las AFP se estiman incalculables según la Superintendencia de Pensiones.
El SIS no se puede extinguir. Es un componente importante de la previsión, pues se enfoca en cubrir el riesgo de los/as trabajadores/as de encontrarse ante una discapacidad o fallecimiento. Sin embargo, esta artista es uno de los múltiples nichos de negocio que los arquitectos del sistema de capitalización individual crearon para enriquecer a los grandes grupos económicos. No es indiferente que una parte de la seguridad social esté en manos de compañías privadas que buscan maximizar su beneficio a costa de los ahorros de la clase trabajadora. Aunque hoy está más regulado que en su origen, sigue reportando cuantiosas ganancias a empresas privadas y, en la práctica, la Reforma de Pensiones no afecta sustantivamente su forma de operar, manteniendo la lógica de negocio en áreas donde deberían imperar los principios de la seguridad social.